Artículo 10 del Reglamento de la Ley Agrícola y Forestal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres agricultor, trabajas en el campo o en el bosque, o formas parte de un grupo de productores y quieres registrarte, tienes que llenar una solicitud. En esa solicitud debes poner la fecha y el lugar donde la haces, tu nombre completo o el nombre de tu empresa, tu dirección, qué productos o derivados vendes principalmente, más o menos cuánto vendes de cada cosa y los almacenes o bodegas que tengas.
Texto oficial
Artículo 10.- Los productores agrícolas y forestales, así como las organizaciones integradas por éstos que pidan su registro, deberán presentar una solicitud en la que se contenga: I. Lugar y fecha; II. Nombre completo o razón social; III. Domicilio particular o social; IV. Productos o subproductos que comercialicen preponderantemente; V. Volúmenes aproximados de los productos o subproductos que oferten; y VI. Establecimientos o bodegas con que cuenten.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.