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Artículo 17 del Reglamento de la Ley Agrícola y Forestal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría puede hacer acuerdos con el gobierno federal, los ayuntamientos y grupos de la sociedad para planear y desarrollar actividades relacionadas con la agricultura y los bosques del estado. Esos acuerdos sirven para coordinar esfuerzos entre todos y trabajar juntos en estos temas.

Texto oficial

Artículo 17.- La Secretaría podrá convenir con el gobierno federal, los ayuntamientos y las organizaciones sociales, acciones para la planeación y desarrollo de las actividades agrícolas y forestales de la entidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.