Artículo 2 del Reglamento de la Ley Agrícola y Forestal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas encargadas de que este reglamento se cumpla son la Secretaría de Desarrollo Agropecuario (una dependencia del gobierno del estado) y los ayuntamientos (los gobiernos de cada municipio). Cada una de estas autoridades debe actuar solo en lo que le toca según sus propias funciones y responsabilidades. En palabras simples, la Secretaría se encarga de lo relacionado con el campo a nivel estatal, mientras que los municipios hacen lo suyo a nivel local.
Texto oficial
Artículo 2.- La aplicación de este reglamento corresponde a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y a los ayuntamientos en el ámbito de sus respectivas competencias.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.