- Ley
- Reglamento de la Ley Agrícola y Forestal del Estado de México
- Artículo
- 4
Artículo 4 del Reglamento de la Ley Agrícola y Forestal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a trabajar junto con el gobierno federal, estatal y municipal, y también con grupos de agricultores, para decidir en qué zonas del país se pueden sembrar mejor ciertos cultivos. Esto sirve para aprovechar al máximo la tierra y los recursos de cada región. Básicamente, se define qué sembrar y dónde hacerlo, según las características de cada lugar. Todo esto se hace en equipo para que sea más efectivo.
Texto oficial
Artículo 4.- La Secretaría, en coordinación con las dependencias federales, estatales y municipales y con el auxilio de las asociaciones de productores rurales, determinará las zonas económico-agrícolas y la regionalización de cultivos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.