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Artículo 2 del Reglamento de Becas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno del estado, a través de la Secretaría de Educación, es quien se encarga de vigilar y hacer que este reglamento de becas se cumpla. También pueden ayudar otras oficinas del gobierno estatal que tengan que ver con la educación, la cultura o el deporte. Cada una de estas oficinas debe actuar solo en las áreas donde tiene autoridad. En pocas palabras, es como si el reglamento le diera la responsabilidad de aplicarlo al gobierno del estado y a sus dependencias relacionadas.

Texto oficial

Artículo 2.- La aplicación y vigilancia del presente reglamento es competencia del Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Educación, Cultura y Bienestar Social y de los órganos desconcentrados y organismos descentralizados de carácter estatal, vinculados con la educación, la cultura y el deporte en sus respectivos ámbitos de competencia. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de marzo de 2003. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE BECAS 2

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

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