Artículo 27 del Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los entrenadores y deportistas que no sean del Estado de México, o que sean extranjeros, también pueden recibir apoyos y estímulos, como becas o dinero, pero solo si ayudan a promover y desarrollar el deporte en esa entidad. O sea, si vienes de fuera y aportas algo bueno para el deporte local, el gobierno del Estado de México te puede dar una mano.
Texto oficial
Artículo 27. Los entrenadores y deportistas no mexiquenses así como los entrenadores y deportistas extranjeros podrán ser sujetos a recibir apoyos y estímulos, siempre que contribuyan con sus actividades al fomento y desarrollo de deporte en el Estado de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.