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Artículo 29 del Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a checar si es posible hacer una lista de precios con lo más que puede dar y lo menos que puede dar como apoyo, según el tipo de ayuda que pidas. Esa lista tiene que ser aprobada por los jefes del Instituto y después se va a publicar para que todos los que están registrados la conozcan. Así, cuando hagas tu plan de trabajo del año, vas a tener más claridad de cuánto apoyo puedes recibir.

Texto oficial

Artículo 29. El Instituto analizará la factibilidad de elaborar un tabulador con los montos máximos y mínimos a subvencionar, dependiendo del tipo de apoyo y estímulo solicitado. Dicho tabulador deberá ser autorizado por el órgano de gobierno del Instituto y será difundido entre todos los inscritos Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 26 de noviembre de 2007. Última reforma POGG Sin reforma al Registro Estatal, con la finalidad de que puedan programar un plan anual de trabajo con una mayor certidumbre.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.