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Ley
Reglamento del Sistema Estatal de Desarrollo Social
Artículo
14

Artículo 14 del Reglamento del Sistema Estatal de Desarrollo Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de cada junta, el Secretario Técnico tiene que hacer un documento que se llama acta. Ahí va a poner quiénes asistieron, de qué se habló según el orden del día, cómo se desarrolló la reunión y los acuerdos a los que llegaron. Ese documento lo tienen que firmar todos los miembros del Sistema Estatal que estuvieron presentes en la sesión.

Texto oficial

Artículo 14. Por cada sesión, el Secretario Técnico levantará un acta en la que se incluirá la lista de asistencia, el orden del día, el desempeño de la sesión y los acuerdos tomados, misma que será firmada por los integrantes del Sistema Estatal que asistieron a la sesión. CAPÍTULO CUARTO DE LAS COMISIONES

Ver texto oficial del Reglamento del Sistema Estatal de Desarrollo Social (pág. 4) ↗

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