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Artículo 13 del Reglamento del Sistema Estatal de Desarrollo Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una junta sea válida, deben estar el coordinador (o alguien que lo represente) y más de la mitad de los miembros. Si no se juntan suficientes personas, se cancela y se manda otra invitación dentro de los siguientes 15 días hábiles. En esa segunda junta ya no importa cuántos lleguen, solo necesita estar el coordinador. Esto aplica para las reuniones del Sistema Estatal de Desarrollo Social.

Texto oficial

Artículo 13. Para que sea válida una sesión, será necesaria la asistencia del Coordinador o su representante, así como de la mitad más uno de sus integrantes. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 08 de marzo de 2011. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE DESARROLLO SOCIAL 4 Si la sesión no puede celebrarse por falta de quórum, se emitirá una nueva convocatoria dentro de los quince días hábiles siguientes, la cual se celebrará con la presencia del Coordinador y el número de asistentes presentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.