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Artículo 99 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Con la información que se maneja en el Sistema Estatal, se va a crear el Atlas de Riesgos del Estado de México, que es como un mapa detallado de los peligros naturales o provocados por el ser humano que pueden afectar a la población. También se van a hacer los programas de protección civil para saber cómo reaccionar ante esos peligros, y los atlas de riesgos de cada municipio. Es decir, con los datos que se tienen, se planea cómo prevenir y atender desastres tanto en todo el estado como en cada localidad.

Texto oficial

Artículo 99. Con base en la información procesada en el Sistema Estatal se generará el Atlas de Riesgos del Estado de México y los programas de protección civil, así como los atlas de riesgos de los municipios. CAPÍTULO SEGUNDO DEL ATLAS ESTATAL DE RIESGOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

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