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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl49/89
Ley
Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México
Artículo
89

Artículo 89 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser notario, primero debes tomar un curso especial de nueve meses. Este curso se da dos veces por semana, siguiendo un programa ya autorizado. Incluye módulos, seminarios y talleres donde practicas lo aprendido. Las clases las dan preferentemente notarios del estado que ya hayan dado clases en universidades.

Texto oficial

Artículo 89.- El curso de formación de aspirantes a notario se desarrollará en la forma siguiente: I. Tendrá una duración de nueve meses; II. Se impartirá semanalmente en dos sesiones, conforme al programa autorizado; III. Comprenderá módulos, seminarios y talleres prácticos; IV. Será impartido preferentemente por notarios de la entidad, con experiencia docente en universidades y escuelas de enseñanza superior.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.