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Artículo 97 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Directivo del Colegio se compone de un Presidente, un Secretario, un Tesorero y cinco vocales. El Presidente es el que dirige, el Secretario lleva los papeles y actas, el Tesorero maneja el dinero, y los vocales son personas que ayudan en las decisiones. En total son ocho personas las que forman este grupo.

Texto oficial

Artículo 97.- El Consejo Directivo del Colegio estará integrado por un Presidente, un Secretario, un Tesorero y cinco vocales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.