Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl5/118
Ley
Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Artículo
118

Artículo 118 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un representante o manager no puede inscribir a más de tres boxeadores que él mismo maneje para que peleen en la misma función. Esto aplica solo cuando se trata de contratar a los peleadores para el evento. La regla es clara: si representas a varios boxeadores, no puedes meter a más de tres tuyos en una sola noche.

Texto oficial

ARTICULO 118.- Para los efectos de contratación, un representante o manager, no podrá programar a más de tres boxeadores que represente para actuar en una misma función.

Ver texto oficial del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.