Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este reglamento aplica para todas las peleas de box y lucha libre profesional que se hagan en el Estado de México. Quien se encarga de vigilar que se cumpla es la Comisión de Box y Lucha Libre del Estado de México, que tiene la autoridad para hacerlo respetar en todo el estado. Cada vez que el reglamento menciona a la "Comisión", se refiere específicamente a esa dependencia. También, cuando dice "Reglamento", habla de este mismo documento, y "IMCUFIDE" es el Instituto Mexiquense de Cultura Física y Deporte.
- Art. 2El artículo 2 dice que la Comisión es un grupo de expertos en deportes (como el box y la lucha libre). Puede tomar sus propias decisiones libremente, pero su parte administrativa depende del Instituto Mexiquense de Cultura Física y Deporte, que es una oficina del gobierno del Estado de México. Esto significa que el instituto se encarga de los trámites y el papeleo, mientras que la Comisión decide sobre los deportes. Además, la Comisión debe seguir las reglas de este Reglamento y también las leyes que aplican a los espectáculos públicos en el Estado.
- Art. 3El artículo 3 dice cómo está formada la Comisión. Va a tener un presidente, un vicepresidente, un tesorero, y seis comisionados ejecutivos. A ellos los van a asesorar tres consejeros. Todos estos puestos duran tres años en el cargo, sin importar si es el presidente o los consejeros.
- Art. 4El Gobernador del Estado elige a las personas que van a formar parte de la Comisión de Box y Lucha Libre. Para ser elegidos, deben ser personas honestas y con mucha experiencia en el tema. Además, no pueden tener ningún tipo de relación con empresarios, promotores o cualquiera que trabaje directamente en el box o la lucha libre profesional, para evitar favoritismos.
- Art. 5Los miembros de la Comisión pueden hablar y votar en las juntas. Para que una sesión sea válida, deben estar presentes al menos cinco miembros. Las decisiones se toman con el voto de la mayoría de los que están ahí. Si hay empate, el presidente (o quien esté dirigiendo la junta) tiene un voto extra para romperlo. Los consejeros solo pueden dar su opinión, pero no votan.
- Art. 6La Comisión toma decisiones solo cuando se reúnen todos sus miembros en una junta (sesión), ya sea en sus juntas normales (ordinarias) o en juntas especiales (extraordinarias). Para que esas decisiones sean válidas, deben ser aprobadas por más de la mitad de los votos de los que están presentes. En pocas palabras, se necesita que la mayoría esté de acuerdo para que lo que decidan tenga fuerza legal.
- Art. 7Ser miembro de la Comisión es un cargo honorífico, es decir, no te pagan nada por hacer ese trabajo. Lo haces como un servicio voluntario, sin recibir sueldo ni ninguna compensación económica. Esto aplica para todas las personas que forman parte de esa Comisión.
- Art. 8Cada persona que sea parte de la Comisión tiene ciertos derechos y obligaciones, pero la ley no los detalla aquí. En lugar de eso, esos derechos y obligaciones se van a explicar en un documento aparte llamado "Reglamento interior". Ese reglamento es como un manual que dice qué puede hacer cada quién y qué tiene que cumplir.
- Art. 9La Comisión solo va a meterse en problemas o pleitos entre dos partes si ambas están de acuerdo por escrito y de manera clara. Las dos personas o empresas que están peleando tienen que aceptar que la Comisión será como un juez que decide quién tiene la razón. Además, las partes deben cumplir sin chistar lo que la Comisión decida. Esto es como un arbitraje, que es cuando un tercer experto resuelve un conflicto sin necesidad de ir a un juicio normal.
- Art. 10El artículo 10 dice que si la Comisión te notifica una decisión, tienes 8 días para pedir que la cambien o la cancelen. Si no lo haces en ese tiempo, se entiende que estás de acuerdo con lo que te dijeron. El plazo empieza a contar desde el día en que te avisaron oficialmente. Es como cuando compras algo en línea y te dan unos días para devolverlo si no te gusta, pero si no dices nada, se da por hecho que lo aceptas. Ojo: si te quedas callado después de los 8 días, ya no puedes reclamar después.
- Art. 11La Comisión puede resolver cualquier pleito o confusión que surja al aplicar o entender este Reglamento. Si hay dudas sobre cómo se debe usar o qué significa una regla, ellos deciden. Es como un juez interno que aclara las cosas para que no haya malentendidos.
- Art. 12La Comisión va a tener un equipo que la apoye en todo su trabajo. Ese equipo incluye a un Secretario Ejecutivo, un Jefe de Servicios Médicos, una secretaria y cualquier otro personal que se necesite. Tanto el Secretario Ejecutivo como los médicos y el personal de oficina dependen económicamente del Instituto Mexiquense de Cultura Física y Deporte. El Secretario Ejecutivo es el encargado de manejar los asuntos del día a día y todo lo relacionado con la Comisión. Además, en las juntas donde se toman decisiones, él puede dar su opinión e información, pero no tiene derecho a votar.
- Art. 13Si un miembro de la Comisión deja de trabajar definitivamente (por renuncia, muerte o algo así), el Gobernador del Estado lo va a reemplazar. Pero no lo hace él directamente, sino que el Director General del IMCUFIDE (que es como el jefe del instituto de cultura física y deporte) se encarga de nombrar a la persona que ocupará ese puesto.
- Art. 14Para que se vigile cómo se portan y trabajan todos los que están en el box y la lucha libre profesional, la Comisión va a colaborar con las comisiones de otros estados, municipios, la Ciudad de México y hasta del extranjero. Esa colaboración será pareja: si ellos le pasan información, ella también les pasa. Así se sigue la pista del comportamiento de los peleadores y entrenadores en todos lados.
- Art. 15Cuando una función de box o lucha libre ya fue autorizada por la Comisión, ellos nombran a un representante (el comisionado). Ese comisionado es quien manda ahí: los inspectores, la policía preventiva y cualquier otra autoridad que esté en el lugar tienen que obedecerle al pie de la letra. La Comisión también puede nombrar a más comisionados si necesita más control. Además, el gobierno del estado y de los municipios están obligados a prestar policías o fuerza pública para que esas funciones sean seguras.
- Art. 16La Comisión tiene la obligación de evitar que las empresas, boxeadores y luchadores engañen al público de ninguna manera. Si a pesar de las medidas que toman se comete un fraude, la Comisión investiga y, si encuentra pruebas suficientes, castiga a los responsables. No necesita más que las pruebas para aplicar las sanciones que ella misma decide. Si es necesario, también le avisa a otras autoridades para que tomen cartas en el asunto.
- Art. 17El artículo 17 dice que, en todo el estado (México, porque así se entiende en el país), no se pueden hacer peleas de boxeo profesional, a menos que sea para apoyar a una causa buena, como una obra de caridad o ayudar a alguien necesitado. Esto significa que, en general, está prohibido organizar estos eventos con boxeadores que cobran por pelear, pero si se hace con el propósito de juntar dinero para una buena causa, entonces sí está permitido. En otras palabras, no puedes hacer una pelea de box por dinero o para entretener, solo si es para beneficencia.
- Art. 18La Comisión solo puede actuar dentro del territorio del estado, y su oficina principal está en la capital del estado, como su dirección legal. Esto significa que si tienes algún asunto con ellos, tienes que ir a la capital para hacer trámites o presentar documentos. La jurisdicción es el límite geográfico donde tienen autoridad para trabajar. El domicilio legal es la dirección oficial que usan para recibir notificaciones o demandas.
- Art. 19El artículo 19 dice que el escudo de una organización debe tener dibujos de un guante de box y una llave de la lucha libre universal. También debe incluir un texto que diga "Gobierno del Estado de México" y el escudo oficial de esa entidad. Esto aplica para cosas como licencias o autorizaciones, pero el artículo no explica más detalles sobre esos permisos. En palabras simples, así debe verse el logotipo o emblema que usen.
- Art. 20La Comisión es la única que puede dar las licencias para que árbitros, boxeadores, luchadores, empresarios, promotores, mánagers y otros trabajadores del box y la lucha libre puedan ejercer su oficio. Para obtenerla, primero debes pasar un examen y luego te nombran por escrito. Sin esa licencia, nadie puede actuar legalmente en este deporte.
- Art. 21Las licencias solo son válidas hasta el 31 de diciembre del año en que las sacaste, sin importar si las tramitaste en enero, en julio o en diciembre. Es decir, aunque apenas la hayas obtenido a fin de año, se vence el mismo 31 de diciembre. Por lo tanto, tienes que renovarla cada año para que siga siendo válida. No importa en qué fecha la hayas pedido, todas caducan al mismo tiempo.
- Art. 22Si quieres obtener una licencia de las que se mencionan en el artículo 20 de este reglamento, tienes que entregar a la Comisión los siguientes papeles: una solicitud firmada, una copia certificada de tu acta de nacimiento, un certificado de salud de los médicos de la Comisión que diga que no tienes ninguna enfermedad física o mental que te impida hacer la actividad, y un certificado de antecedentes no penales. También necesitas tu cartilla del Servicio Militar Nacional, tres fotos tamaño infantil o credencial, y si eres menor de 18 años y quieres ser boxeador o luchador, un permiso firmado por tus padres o tutores. Si eres extranjero, debes añadir los documentos que te haya dado la Secretaría de Gobernación.
- Art. 23Cualquier persona o empresa que tenga una licencia del gobierno debe renovarla cada año. Esa renovación se hace en los primeros tres meses del año, cumpliendo con los requisitos que pidan. Si por alguna razón no alcanzas a hacerlo en ese tiempo, la Comisión encargada te puede dar una prórroga, siempre y cuando tengas una razón válida.
- Art. 24El artículo 24 dice que una empresa de box o lucha libre profesional puede ser una persona (como tú o yo) o una compañía (como un negocio). Para funcionar, debe estar legalmente registrada, tener sus propios recursos (como ring, equipo, etc.) y puede organizar peleas de vez en cuando o de manera seguida. Además, necesita un permiso especial llamado licencia que le da la Comisión, que es la autoridad encargada. También tiene la obligación de seguir todas las reglas de este reglamento y cualquier decisión que tome la Comisión. En pocas palabras: si quieres poner una empresa de box o lucha, debes tener todo en orden y obedecer a la Comisión.
- Art. 25Este artículo dice que si quieres organizar peleas de box o lucha libre profesional, necesitas pedir permiso a la Comisión. Para que te lo den, tu empresa debe cumplir con varios requisitos: estar registrada legalmente, ser mexicano de nacimiento o naturalizado, y ser mayor de edad. También necesitas tener un local propio o rentado que esté en buenas condiciones y aprobado por la Comisión, con todo el equipo técnico necesario para las peleas. Además, el lugar debe tener todos los permisos de Protección Civil, Salubridad y otras oficinas del gobierno estatal o municipal. Por último, tienes que pagar una fianza o dejar un depósito en efectivo para mostrar que hablas en serio.
- Art. 26Ya que cumpliste con todos los requisitos que te pidieron, tienes que pagar al tesorero de la Comisión lo que cueste la licencia. El monto depende del tipo de licencia que estés solicitando. Es como cuando vas a sacar un permiso y, después de entregar los papeles, pagas la tarifa correspondiente.
- Art. 27Cada año tienes que renovar las licencias que te dio la Comisión. Para hacerlo, debes cumplir con los requisitos que se piden en el artículo 23, solo los incisos a) y d), y además pagar en la Tesorería de la misma Comisión. En otras palabras, no necesitas cumplir todos los requisitos del artículo 23, solo esos dos específicos.
- Art. 28En cualquier lugar donde haya peleas de box o lucha libre, la empresa que organiza el evento está obligada a tener una enfermería lista para atender a los peleadores que se lastimen. Esa enfermería debe tener todos los instrumentos médicos, medicinas y lo necesario para dar una buena atención. El Jefe de Servicios Médicos de la Comisión va a checar que esto se cumpla, y también exigirá que siempre haya una ambulancia disponible por si ocurre una emergencia.
- Art. 29La empresa que organiza una pelea de box o lucha libre debe entregar a la Comisión (la autoridad que supervisa estos eventos) su plan detallado por lo menos 8 días antes de la función. También tiene que incluir los contratos firmados con los representantes o, si está permitido, con los mismos boxeadores o luchadores. Además, debe dar los siguientes datos: los nombres de los peleadores que participan, los nombres de los que están listos para reemplazarlos en caso de emergencia, cuántos rounds o caídas va a tener la pelea, y el sueldo que cada uno va a recibir por participar.
- Art. 30Tú y la empresa pueden acordar libremente tu sueldo al firmar un contrato. La única excepción es si eres boxeador o boxeadora en una pelea de campeonato estatal, nacional o mundial. En esos casos, el sueldo no se negocia libremente, sino que se aplica lo que digan las reglas específicas para peleas por el título.
- Art. 31Para que se pueda llevar a cabo un evento de box o lucha libre en el Estado de México, la oficina del gobierno (ya sea estatal o municipal) encargada de dar los permisos para espectáculos públicos necesita que primero la Comisión dé su visto bueno. Sin esa aprobación previa de la Comisión, no se puede autorizar ningún programa de estos deportes. En pocas palabras, el permiso final solo se da si la Comisión ya dijo que sí.
- Art. 32La Comisión puede dar permiso a una o varias empresas para organizar peleas de box y lucha libre profesional en cualquier municipio del Estado, pero solo si ellos lo consideran adecuado. No es automático: la Comisión decide caso por caso si da esa autorización. Esto aplica en cualquier pueblo o ciudad del Estado, no solo en la capital.
- Art. 33Las empresas de box y lucha no pueden contratar a boxeadores o luchadores que estén suspendidos por la Comisión de Box, o por alguna comisión de otro lugar con la que haya un acuerdo de cooperación. Si un peleador tiene una suspensión activa, ninguna empresa relacionada puede darle trabajo hasta que termine ese castigo. Esto aplica tanto para suspensiones locales como para las que vengan de otras comisiones aliadas.
- Art. 34Si vas a una función de box o lucha libre, las empresas que organizan el evento tienen que avisarte que no se vale apostar. Este aviso debe estar en los carteles impresos o en letreros dentro del lugar. Las apuestas están prohibidas, así que no intentes cruzar una apuesta con alguien, porque es algo que no está permitido. La idea es que desde que llegues sepas la regla para evitar problemas.
- Art. 35Las empresas de boxeo y lucha deben pedirle permiso a la Comisión antes de que un boxeador o luchador salga a pelear en otro estado o país. Ese permiso, llamado "Permiso Único de Salida", tiene que estar llenado en un formato oficial y firmado por la Comisión a la que pertenece el deportista. Es obligación de la empresa presentar ese permiso a la Comisión que organiza la pelea, no es opcional.
- Art. 36Si hay un imprevisto grave (como una lesión de último momento) y un boxeador o luchador no puede pelear, las empresas tienen que seguir ciertas reglas para remplazarlo. En boxeo, si falta un peleador de una pelea preliminar, se puede cambiar por otro de la misma categoría o, en casos especiales y con permiso del comisionado, meter a un boxeador que no esté en el programa original, siempre que esté en buena forma y sea bueno para el público. En lucha libre, el comisionado puede autorizar que un luchador sea sustituido por otro del mismo nivel, pero la empresa debe avisar el cambio con carteles en la taquilla y las entradas, y anunciarlo por micrófono. Además, si alguien no está de acuerdo con el cambio, la empresa tiene que devolverle el dinero de su boleto.
- Art. 37Si un evento ya anunciado se cancela por una razón muy grave que no se pudo evitar (como un temblor o una falla eléctrica), y está comprobada, la empresa solo puede quedarse con el dinero de los boletos vendidos si la Comisión y la dependencia del gobierno encargada de los espectáculos públicos en el estado o municipio lo autorizan. Ellos deciden según lo que pasó con la cancelación. Tienen que dar su respuesta en un plazo de 2 días hábiles después de la suspensión.
- Art. 38Las empresas que tienen arena para peleas de boxeo o eventos similares deben poner un vestidor con baño para los jueces o encargados que lleguen a trabajar. Solo ellos pueden entrar, nadie más. Esto es para que tengan un lugar limpio y privado donde cambiarse.
- Art. 39Las empresas dueñas de las peleas de box o lucha tienen que darles a los boxeadores y luchadores unos vestidores grandes, con buena ventilación y que tengan baño y sanitarios. Esto aplica tanto para hombres como para mujeres, sin importar su estado civil o condición. Así que si organizas una pelea, asegúrate de que los camerinos estén en buen estado y tengan lo necesario. Es una obligación legal, no solo una cortesía.
- Art. 40Solo las personas que van a pelear (boxeadores o luchadores), los miembros de la Comisión (los que revisan que todo esté en regla), los representantes de la empresa organizadora y los ayudantes de cada peleador pueden entrar a los vestidores. Los reporteros y fotógrafos solo pueden pasar después de que termina la pelea más importante de la noche.
- Art. 41Este artículo dice que los empresarios de boxeo pueden también ser promotores, pero solo si tienen una licencia especial de la Comisión. Sin embargo, ni los empresarios ni los promotores pueden trabajar al mismo tiempo como managers o representantes de boxeadores profesionales. Esto aplica aunque lo hagan de manera indirecta, o sea, a través de otra persona. En pocas palabras, está prohibido que alguien sea jefe de un evento y también el agente del boxeador.
- Art. 42Las empresas no pueden anunciar ni hacer funciones de box si la pelea tiene 30 rounds o más de 50. En lucha libre, tampoco pueden realizar eventos con menos de 12 caídas o más de 18. Esto aplica tanto para anunciarlos como para llevarlos a cabo.
- Art. 43Cuando una empresa de box o lucha libre presenta su programa de peleas para que lo aprueben, tiene que incluir peleadores de reserva (emergentes). En el box, deben tener dos peleas de emergencia: una antes de empezar, otra para el evento especial. Si esos boxeadores no pelean porque no se necesitaron, la empresa está obligada a contratarlos para la siguiente función de la misma categoría. En la lucha libre, también deben tener dos luchadores de reserva listos por si alguno de los que estaban anunciados no se presenta. Así se aseguran de que el evento siempre tenga espectáculo.
- Art. 44Para que te den una licencia de promotor, necesitas cumplir con estos pasos: primero, entregar una solicitud por escrito con tu firma y tres fotos tamaño credencial. También debes comprobar que has estado metido en el boxeo por lo menos durante tres años. Tienes que tener buena fama (que te conozcan como alguien honesto y de confianza). Además, necesitas un certificado de salud firmado por el jefe de los servicios médicos de la Comisión. Por último, tienes que pagar el costo de la licencia en la Tesorería de la Comisión.
- Art. 45Si eres una persona de carne y hueso (no una empresa) y te dan una licencia para ser promotor, tienes la obligación de seguir al pie de la letra este Reglamento. También debes cumplir con cualquier acuerdo o resolución que saque la Comisión, que es el grupo encargado de supervisar esto. En pocas palabras, desde que te dan la licencia, te toca hacer caso a todo lo que digan las reglas y las autoridades.
- Art. 46Los promotores de box y lucha libre son vistos como empleados de las empresas, no como jefes o dueños. Esto significa que si ellos cometen alguna falta o rompen las reglas, la empresa es directamente responsable. No importa si el promotor actuó por su cuenta; la empresa paga el error.
- Art. 47Un promotor es quien organiza las peleas de box. Este artículo dice que esa persona también puede ser empresario de box, pero solo si la Comisión le da un permiso especial. Eso sí, el promotor nunca puede actuar como representante de los boxeadores, ni directamente ni por medio de otra persona. O sea, no puede manejar los contratos ni ser el intermediario entre el boxeador y los dueños de las peleas.
- Art. 48El comisionado es el jefe máximo de todo lo relacionado con el box y la lucha libre. Él es quien representa a la Comisión en estos deportes. En otras palabras, es la autoridad más importante dentro de ese ámbito.
- Art. 49El Comisionado (la persona encargada de supervisar las funciones de box y lucha) puede autorizar cambiar a un boxeador o luchador que no pueda pelear por una razón muy fuerte e inevitable, como una lesión o emergencia. En el box, si un peleador de una pelea preliminar no puede participar, se puede sustituir por otro de la misma categoría de peso. En la lucha libre, si un luchador no se presenta por esa misma causa de fuerza mayor, se puede cambiar por otro del mismo nivel. La empresa tiene que avisar al público del cambio y, si se trata de un luchador de la pelea estelar, además debe decir que quien no esté de acuerdo puede pedir que le devuelvan el dinero de su boleto.
- Art. 50Si el espectáculo se cancela por completo antes de que empiece, la persona encargada (el comisionado) puede ordenar que te devuelvan el dinero de tu boleto. Esto solo aplica si la función no había comenzado todavía. En otras palabras, si pagaste pero el show se suspendió antes de arrancar, tienes derecho a que te reembolsen.
- Art. 51En una junta normal, la Comisión va a elegir a un comisionado y a un director de encuentros. Ambos tienen que estar en el pesaje oficial y en el examen médico antes de la pelea. El director de encuentros debe llegar a la arena una hora antes de que empiece la función. Para la lucha libre, el comisionado y el médico del ring deben presentarse media hora antes del inicio. El comisionado también tiene deberes y facultades que están escritas en el Reglamento Interior.
- Art. 52El comisionado encargado en ese momento puede elegir, 15 minutos antes de que empiece el evento, a las personas que van a ayudar: dos jueces, dos réferis, un cronometrista (el que lleva el tiempo) y un anunciador (el que habla por el micrófono). Esto es una facultad, o sea, un derecho que tiene para decidir sin pedir permiso. Los managers o representantes son los que manejan a los boxeadores o luchadores.
- Art. 53El Manager (o manejador) es quien se encarga de dirigir a los boxeadores profesionales, pero solo si tiene una licencia que esté al día y vigente. O sea, no cualquiera puede hacer ese trabajo, necesitas un permiso oficial para poder tener boxeadores a tu cargo.
- Art. 54Para sacar la licencia de manager (la persona que representa y dirige a los boxeadores) ante la Comisión, necesitas cumplir con estos requisitos: llevar una solicitud por escrito con tus datos y tres fotos tamaño credencial, un comprobante de que vives en el Estado de México, tu acta de nacimiento y un certificado de que terminaste la secundaria o algo parecido. También debes presentar tu cartilla del Servicio Militar, un certificado de salud que dé el médico de la Comisión, y demostrar que tienes al menos tres años de experiencia como entrenador o auxiliar de boxeo. Además, tienes que ser una persona honorable, tener un contrato con por lo menos tres boxeadores que estén activos, conocer el reglamento de la Comisión, pasar un examen técnico de aptitud y pagar el costo de la licencia en la Tesorería de la Comisión.
- Art. 55Si eres un representante o manejador de boxeadores de otro país y quieres trabajar en el Estado de México, tienes que registrarte oficialmente como manager. Además, debes llevar tus licencias (los permisos que te acreditan como manager) y también las de los boxeadores que tengas contratados para pelear ahí, asegurándote de que estén al corriente. También necesitas traer un permiso especial de la Secretaría de Gobernación (la dependencia del gobierno federal que controla la entrada de extranjeros y sus actividades). Todo esto es para que puedas operar legalmente.
- Art. 56Los managers tienen la obligación de avisar a la Comisión sobre los contratos que tienen firmados con los boxeadores. También deben registrar, cada vez que un boxeador tenga una pelea, el contrato específico de esa pelea. Esto es para que la Comisión tenga control de todo lo acordado y evite problemas.
- Art. 57Si eres manager de un boxeador y además eres familiar de él, no puedes estar en la esquina durante su pelea. Tienes que demostrarle a la Comisión que otro manager lo va a atender en tu lugar. Esto aplica aunque tengas un contrato con el peleador.
- Art. 58Los managers tienen la obligación de conseguir que sus boxeadores tengan una buena preparación física, técnica y táctica. También deben evitar que sus peleadores compitan en categorías de peso más altas de lo debido, para cuidar su salud y su desarrollo como deportistas.
- Art. 59El manager tiene que llevar a sus boxeadores a pesarse antes de cada pelea, siguiendo las reglas que ponga la Comisión. Los boxeadores deben dar el peso que acordaron para su categoría. Si no cumplen con ese peso, les van a aplicar un castigo según lo que dice este Reglamento.
- Art. 60Los managers que cuidan a los boxeadores en la esquina del ring durante una pelea tienen que vestir de manera formal y segura. Deben usar camisa y pantalón blancos, o bien pantalón negro con camisa o suéter blanco. Además, no pueden llevar puestos anillos, relojes ni ningún objeto duro que pueda lastimar al boxeador si lo golpean accidentalmente. Esto es para proteger al peleador de lesiones que no vienen del otro contrincante.
- Art. 61La Comisión puede nombrar a un manager de oficio (un representante temporal) si un boxeador lo pide, por ejemplo, cuando tiene problemas con su manager actual, o porque éste se enfermó o falleció. El sueldo de ese manager de oficio lo deciden el boxeador y el manager; si no se ponen de acuerdo, la Comisión fija cuánto le toca ganar.
- Art. 62Si tu como representante estás suspendido por la Comisión, no puedes mandar a otra persona a hacer tu trabajo en el ring o en el área profesional mientras dure tu suspensión. Además, la Comisión avisará a todas las demás comisiones con las que tengan acuerdos, tanto en México como en el extranjero, para que sepan que estás suspendido.
- Art. 63Los representantes de boxeadores profesionales no pueden trabajar también como empresarios o promotores al mismo tiempo. Esto significa que quien cuida los intereses de un boxeador no puede organizar peleas o contratar a los peleadores. Es para evitar conflictos de interés, como que el representante ponga a su boxeador en una pelea que le beneficie a él, no al boxeador.
- Art. 64Si eres manager o representante legal de alguien, tienes que pedirle permiso a la Comisión antes de que esa persona trabaje o actúe fuera del estado donde está registrada, ya sea en otra parte de México o en el extranjero. Ese permiso se llama "salida médico administrativa". Es como un visto bueno oficial que debes solicitar para que todo esté en orden legal.
- Art. 65Los managers o representantes de boxeadores no pueden hacer contratos para que sus peleadores vayan a pelear a lugares donde no haya una comisión de box y lucha libre funcionando de manera oficial. Esto significa que si en un pueblo o ciudad no hay una autoridad legal que supervise las peleas, no se puede llevar a un boxeador a pelear ahí. La comisión es como un grupo de personas que se asegura de que todo esté en regla y que los peleadores estén protegidos. Así que, si no hay comisión, el manager no puede firmar ningún acuerdo para esa pelea.
- Art. 66Un auxiliar es la persona que tiene su licencia al corriente y ayuda a un manejador (manager) a preparar y cuidar a los boxeadores. Trabaja siguiendo las instrucciones del manager. Puede encargarse de cosas como calentar al peleador, darle agua o atenderlo entre rounds. Sin la licencia vigente, no puede hacer este trabajo.
- Art. 67Si quieres trabajar como auxiliar (por ejemplo, asistente de un boxeador o luchador profesional) en el Estado de México, necesitas cumplir con todos estos requisitos: - Llenar una solicitud por escrito firmada y entregar tres fotos tamaño credencial. - Tener un comprobante de que vives en el Estado de México. - Mostrar tu acta de nacimiento. - Comprobar que terminaste la secundaria o un estudio equivalente. - Pedirle al manager con el que trabajas una carta donde él se haga responsable de ti. - Presentar tu cartilla del Servicio Militar Nacional (si eres hombre y te toca). - Traer un certificado médico firmado por el jefe de Servicios Médicos de la Comisión de Box y Lucha Libre. - Demostrar que fuiste aspirante a auxiliar, boxeador o que tienes al menos dos años de experiencia en el ambiente del boxeo. - Tener buena reputación (que la gente hable bien de ti). - Conocer el reglamento de la Comisión. - Pasar los exámenes de técnica, capacitación y aptitud que te haga la Comisión. - Pagar el costo de la licencia en la Tesorería de la Comisión.
- Art. 68Para las peleas de box que no son las principales (como las preliminares, especiales o semifinales), solo pueden estar dos asistentes en el ring. Pero en las peleas estelares, que son las más importantes del evento, pueden subir hasta tres auxiliares al cuadrilátero.
- Art. 69Si eres árbitro, juez o parte del equipo en una pelea de box, tienes que vestirte de una forma específica. Puedes usar pantalón blanco con camisa o suéter blancos, o bien pantalón negro con camisa y suéter blancos. Esto aplica para que todos los asistentes se vean uniformados y profesionales durante el evento.
- Art. 70Una vez que empieza la pelea, los entrenadores y asistentes no pueden subir al ring hasta que el cronometrista anuncie que terminó el round. También deben bajarse del ring cuando el cronometrista toque el silbato, que es la señal de que faltan 10 segundos para que comience el siguiente round. Al bajar, tienen que llevarse todo lo que usaron para atender al boxeador, como el banquillo, la cubeta y otras cosas, dejando el área completamente despejada.
- Art. 71Los managers y sus asistentes de un boxeador no pueden subirse al ring hasta que el anunciador oficial diga quién ganó la pelea. Mientras tanto, pueden estar en su esquina, pero afuera de las cuerdas, para ayudar al boxeador: quitarle los guantes y cortarle los vendajes de las manos.
- Art. 72Durante los descansos de una pelea, los managers y sus ayudantes solo pueden usar en el boxeador sustancias que la Comisión haya autorizado. Nada de aplicar cosas raras o prohibidas, solo lo que esté permitido oficialmente. Además, esas sustancias no deben dañar la salud del boxeador. En pocas palabras: solo productos aprobados y que no lo pongan en riesgo.
- Art. 73Los familiares de un boxeador no pueden meterse a ayudarlo durante una pelea, ni siquiera por accidente. Por ejemplo, si un papá o un hermano salta al ring para defender al boxeador, eso está prohibido. La regla aplica tanto para familiares cercanos como lejanos, sin excepciones. Esto es para evitar broncas o desorden que puedan perjudicar la pelea.
- Art. 74Si eres réferi, juez, médico o cualquier otro auxiliar en el box o la lucha libre y te suspenden la Comisión de este deporte (o alguna otra comisión con la que haya un acuerdo, ya sea de México o de otro país), no puedes trabajar hasta que termine tu castigo. Es decir, mientras dure la suspensión, tienes prohibido participar en ninguna pelea o evento.
- Art. 75Está prohibido que los managers o sus asistentes tiren la toalla o cualquier otra cosa al ring durante una pelea. Hacerlo puede causar confusión o detener la pelea de manera incorrecta. Si alguien lo hace, las autoridades pueden sancionarlo. En pocas palabras, durante la pelea, nadie del equipo debe aventar nada al cuadrilátero.
- Art. 76Los managers, ayudantes y boxeadores no pueden quejarse en público de las faltas o decisiones que se den en el ring durante una pelea. Si lo hacen, les va a caer un castigo. Todas las quejas tienen que ir por escrito y entregarse en la junta normal que sigue justo después de la función donde pasó el problema.
- Art. 77Si quieres trabajar como auxiliar en una pelea de box, necesitas pedir permiso por escrito a la Comisión. También tienes que llevar una carta firmada por tu mánager (con licencia vigente) donde él se haga responsable de ti. Debes presentar un certificado médico que diga que estás sano, firmado por el doctor de la Comisión. Además, tienes que tomar un curso de capacitación y pagar el costo del permiso con el tesorero de la Comisión.
- Art. 78El permiso que te da la Comisión para ser aspirante a auxiliar dura seis meses. Después de ese tiempo, ya no sirve y necesitarías tramitarlo de nuevo si quieres seguir participando.
- Art. 79Un boxeador o boxeadora profesional es aquella persona que pelea a cambio de recibir un sueldo o pago por su actuación. Desde ahora, cuando la ley diga "boxeador profesional", se refiere tanto a hombres como a mujeres. O sea, aplica para ambos sexos, sin importar si usan la palabra en masculino o femenino. Así que no te confundas: la regla vale para todas las personas que pelean por dinero.
- Art. 80Para sacar tu licencia de boxeador profesional, necesitas cumplir con estos requisitos: llenar una solicitud por escrito con tres fotos tamaño credencial, comprobar que vives en el Estado de México, y presentar tu acta de nacimiento. Si eres menor de edad, tus papás o tutores deben ir a firmar un permiso por escrito. También tienes que llevar tu constancia de estudios, tu cartilla del Servicio Militar, y un certificado de salud que dé el médico de la Comisión. Además, la Asociación de Box de Aficionados debe darte un oficio que compruebe que terminaste tu etapa amateur y tu récord de peleas. Por último, debes aprobar tres peleas de prueba como aspirante para demostrar tu técnica y pagar el costo del permiso al Tesorero de la Comisión.
- Art. 81Cualquier peleador de box profesional debe tener un abogado o representante que esté registrado y aprobado por la Comisión de Box. Ese representante es el encargado de cuidar los intereses del boxeador ante la autoridad. Sin ese registro, el boxeador no puede ejercer su trabajo de manera legal. Es como un requisito obligatorio para poder pelear de forma profesional.
- Art. 82Ningún boxeador profesional puede pelear en una función que no tenga el permiso de la Comisión de Box, si esa pelea se realiza en el territorio que la Comisión controla. O sea, si la pelea es en tu ciudad o estado y la Comisión no la autorizó, no puedes subir al ring. La Comisión es como el juez que revisa que todo esté en regla, como la salud de los peleadores o las reglas del evento. Si participas en una función sin ese permiso, estás violando la ley.
- Art. 83Si un boxeador se retira y quiere volver a pelear, puede hacerlo siempre y cuando no hayan pasado más de dos años sin actividad. Además, debe pasar los exámenes médico y de habilidad física, y también cumplir con lo que dice el artículo 80 de este mismo reglamento.
- Art. 84Si eres boxeador de otro estado de México y quieres pelear en el Estado de México, tienes que ir en persona a las oficinas de la Comisión ocho días antes de la pelea. Lleva tu licencia vigente, tu historial oficial de peleas, un permiso especial de salida con el visto bueno médico y administrativo de tu propia comisión, y además deberás dejarte hacer un chequeo médico con los doctores de la Comisión del Estado de México.
- Art. 85Si eres boxeador extranjero y quieres pelear en el Estado de México, además de cumplir con los requisitos del artículo anterior (como tener licencia o exámenes médicos), debes entregarle a la Comisión de Boxeo un permiso especial de la Secretaría de Gobernación. Ese permiso lo tramitas con el gobierno federal, y sin él no te van a dejar pelear. La Comisión es la autoridad local que revisa que todo esté en regla. Es como pedir un pase extra para que te autoricen la pelea.
- Art. 86Para poder pelear fuera del Estado de México, cualquier boxeador que tenga licencia de esta Comisión debe pedir un permiso especial de salida, que incluye un chequeo médico y trámites administrativos. Cuando regrese de la pelea, tiene que ir al servicio médico para que lo revisen y también presentarse en la secretaría de la Comisión para entregar el resultado de su combate. Es como un requisito obligatorio para estar al corriente y que todo quede en regla.
- Art. 87A los boxeadores, sus manejadores (managers) y ayudantes no se les permite subir al ring con ropa que tenga símbolos de la bandera, de una religión o de un partido político. Si alguno de ellos quiere llevar publicidad en su ropa, tiene que pedir permiso a la Comisión de Boxeo antes de usarla. Esa regla es parecida a cuando pides permiso para poner un letrero en un evento: no se vale hacerlo por tu cuenta sin avisar.
- Art. 88Está totalmente prohibido que los boxeadores usen estimulantes, drogas o cualquier cosa que afecte su cuerpo o mente antes, durante o después de las peleas. Esto incluye desde pastillas para aguantar más hasta sustancias que los pongan lentos o alterados. La regla aplica siempre: antes de subir al ring, mientras están peleando y cuando termina la pelea.
- Art. 89Si un boxeador no puede pelear en una pelea ya autorizada por una razón válida, como una lesión, debe avisar de inmediato tanto a la Comisión como a la empresa que organiza la pelea. Si tiene documentos que prueben esa razón, debe mostrarlos. Si avisa a tiempo, no tendrá consecuencias legales, pero si no avisa o lo hace tarde, sí será responsable.
- Art. 90Los boxeadores, junto con sus managers (sus representantes) o auxiliares, tienen que ir a la ceremonia de pesaje justo a la hora y en el lugar que la Comisión (la autoridad que organiza la pelea) les indique. Si no llegan a tiempo, pueden haber consecuencias.
- Art. 91Una hora antes de la ceremonia donde se pesan los boxeadores, ellos tienen que ir al consultorio médico de la Comisión, acompañados de su representante o ayudantes. Ahí los revisan para ver si están bien de salud y, si no hay ningún problema, los autorizan a pelear.
- Art. 92Si el peso de un boxeador pasa por 500 gramos del límite de la categoría donde iba a pelear, tiene que darle a su rival el 25% del dinero que acordaron por la pelea. Si esto le vuelve a pasar, lo castigan y lo mandan con un doctor para que le digan en qué peso o división debe pelear sin lastimarse.
- Art. 93Si una pelea se cancela porque un boxeador pesa más de lo permitido en su categoría, tanto ese boxeador como su manager tienen que pagarle una compensación al rival. Le tienen que dar la mitad del dinero que se había acordado para la pelea, repartido así: el 25% lo pone el boxeador y el otro 25% su manager. Esto aplica solo cuando la pelea se suspende por pasarse del peso límite.
- Art. 94Si eres boxeador y estás registrado en un programa de la Comisión de Box, y no vas a la ceremonia del peso sin una excusa válida, tendrás que pagarle a tu rival la mitad de lo que ibas a ganar en esa pelea. Ese dinero se lo descuentan directamente de tu sueldo acordado con la empresa que te contrata. Básicamente, si faltas sin razón, pierdes el 50% de tu paga y se la das a tu oponente. Es una regla para que todos cumplan con la báscula antes de pelear.
- Art. 95Si un boxeador es llamado de último momento para pelear en una función, pero al final no pelea, la empresa que organiza las peleas tiene la obligación de incluirlo en la siguiente función que organice. O sea, no lo pueden dejar fuera sin más; tienen que darle oportunidad de pelear en el próximo evento.
- Art. 96Los boxeadores tienen que llegar al lugar de la pelea una hora antes de que empiece la función. Al llegar, deben reportarse con el director de encuentros para que los pesen de nuevo y les hagan un examen médico. También deben estar listos para subir al ring en cuanto el director les avise, sin retrasarse. No pueden bajarse del ring hasta que se anuncie oficialmente el resultado de la pelea al público.
- Art. 97La empresa tiene que pagarle al boxeador sus honorarios, pero solo después de que el comisionado encargado confirme que la pelea se hizo siguiendo las reglas. Si el boxeador cometió alguna falta en el reglamento, el comisionado le ordena a la empresa que no le pague. Ese dinero se queda retenido y se entrega a la Comisión, que lo guarda hasta que decida qué hacer con él.
- Art. 98Después de una pelea, los boxeadores deben descansar el tiempo necesario para recuperarse por completo. El descanso mínimo depende de los rounds que haya durado la pelea: 7 días para 4 rounds, 8 días para 6 rounds y 10 días para 8 rounds. Si el boxeador fue semifinalista o estelar, debe descansar al menos 14 días. Solo en casos especiales, la Comisión puede permitir pelear antes, pero solo si el boxeador pasa un examen médico. Si el boxeador resulta lesionado, el médico de la Comisión decide cuánto tiempo debe descansar obligatoriamente y avisa al boxeador, a su representante y al comisionado.
- Art. 99Si un boxeador le esconde al doctor de la Comisión algo importante sobre su salud (como una lesión o enfermedad), y eso pone en riesgo su cuerpo, entonces le van a aplicar un castigo. Puede que lo suspendan, es decir, que no lo dejen pelear por un tiempo.
- Art. 100Si te descalifican en una pelea de boxeo, quedas suspendido de inmediato sin poder pelear hasta que la Comisión lo decida. La suspensión es automática, no tienes que esperar otra notificación. La Comisión revisará tu caso y resolverá si puedes volver a boxear o no.
- Art. 101Si un boxeador pierde tres peleas seguidas por nocaut (cuando no puede seguir peleando), necesita que la Comisión le haga una revisión médica y técnica antes de volver a subir al ring. Esa valoración decide si está en condiciones de pelear otra vez.
- Art. 102Si eres boxeador en el Estado de México y tienes tu licencia al corriente, y quieres trabajar como sparring (compañero de entrenamiento que ayuda a otros a prepararse) dentro del país o en el extranjero, tienes que cumplir varios requisitos. Primero, debes entregar una solicitud por escrito firmada por ti y tu representante (manager). También tienes que pasar un chequeo médico en la Comisión de Box. Además, puedes usar un apodo o nombre de ring, pero ese nombre debe ser siempre el mismo en todas tus peleas y tienes que registrarlo oficialmente. Por último, solo puedes pelear en combates de 4, 6, 8 o 10 rounds, o en peleas de campeonato (estatal, nacional o mundial) que son de 12 rounds, donde cada round dura 3 minutos y tienes 1 minuto de descanso entre uno y otro.
- Art. 103El artículo 103 dice que hay categorías de peso en el boxeo, y cada una tiene un límite máximo de kilos (y su equivalente en libras). Por ejemplo, la categoría "Minimosca" es para boxeadores que pesen hasta 48.988 kilos (108 libras), y así sucesivamente hasta la categoría "Completo", que es para los que pesen más de 86.183 kilos, sin límite superior. Esto significa que, según su peso, los peleadores deben registrarse en la división que les corresponda antes de una pelea.
- Art. 104Este artículo de la Comisión dice que hay tres tipos de contratos o acuerdos que pueden tener los boxeadores. Primero, están los contratos entre un boxeador y su representante o mánager, donde el mánager se encarga de entrenarlo y administrar su carrera según lo que firmaron. Segundo, están los contratos que hace el mánager con una empresa o promotor para una pelea en específico, o bien, el propio boxeador puede firmar directamente con esa empresa o promotor. Tercero, están los contratos de exclusividad, donde el mánager se compromete con una empresa o promotor para que el boxeador trabaje solo con ellos por un tiempo, o donde el boxeador firma directamente con condiciones especiales.
- Art. 105Todos los contratos entre boxeadores, sus representantes (managers), empresas o promotores deben incluir una cláusula donde digan que aceptan y van a cumplir todo lo que dice este Reglamento. También tienen que reconocer a la Comisión como la autoridad máxima y acatar todas sus decisiones, sin poner peros.
- Art. 106Este artículo dice que los contratos entre un mánager y un boxeador deben incluir ciertas cosas: primero, el contrato tiene que durar entre uno y tres años, ni más ni menos. Segundo, el mánager debe asegurarle al boxeador una cantidad mínima de dinero al año, y si no le consigue suficientes peleas para cubrir esa cantidad, tendrá que pagarle una indemnización. Tercero, se tiene que especificar cuánto le va a descontar el mánager al boxeador de su pago por cada pelea, pero ese descuento no puede ser mayor al 30 por ciento. Por último, el mánager debe dar una fianza (como un seguro) para garantizar que va a cumplir con lo de la cantidad mínima anual.
- Art. 107El artículo 107 dice que, según el porcentaje que el manager o representante reciba del boxeador, el manager tiene que cumplirle varias cosas. Tiene que darle entrenamiento de box, vendajes, atención médica y buscarle los mejores beneficios económicos. También debe promoverlo en medios como la prensa para protegerlo en lo deportivo, lo moral y lo cultural. En pocas palabras, el manager está obligado a cuidar y apoyar al boxeador a cambio de su parte del dinero.
- Art. 108Si un representante o manager firma un contrato con una empresa o promotor para que un boxeador pelee en una fecha específica, el boxeador queda obligado a cumplir con esa pelea, aunque él no haya firmado directamente. O sea, el compromiso que hizo su manager lo amarra legalmente al boxeador. No importa si el peleador no estaba de acuerdo o no sabía, la ley lo hace responsable de todas formas.
- Art. 109Si un boxeador no cumple con lo que prometió hacer y no tiene una razón válida para fallarle a su representante o manager, entonces el boxeador tiene que pagarle a su representante la parte del dinero que le toca. También tiene que pagarle a la empresa por las pérdidas económicas que le cause, pero solo si la empresa se lo pide.
- Art. 110El artículo 110 dice que cuando un boxeador y su representante o manager firman un contrato, deben hacer tres copias iguales. Esas copias tienen que registrarse ante la Comisión en un plazo máximo de diez días después de haberlas firmado. Además, ambas personas deben ir personalmente a la Comisión para confirmar que firmaron el contrato. Una copia se queda con el manager, otra con el boxeador y la tercera la guarda la Comisión en su archivo.
- Art. 111Este artículo dice que si firmas un contrato en otro lugar que no sea donde está la Comisión, ese contrato solo será válido si lo registras en otra comisión que tenga un acuerdo de reciprocidad con la Comisión estatal. O sea, que ambas comisiones se hayan puesto de acuerdo para reconocer sus trámites. Además, las cláusulas del contrato no deben ir en contra de lo que dice este Reglamento. Si no cumples con eso, el contrato podría no valer.
- Art. 112Este artículo dice que si el mánager de un boxeador es suspendido, la Comisión va a nombrar a otro mánager por su cuenta, que tenga permiso de la Unión de Managers. Ese mánager nuevo recibirá el 10% del dinero que le tocaría al mánager original según el contrato. Así se busca que el boxeador no salga perdiendo por la suspensión y pueda seguir su carrera sin problemas.
- Art. 113Sí el representante o manager deportivo hace algo ilegal o antideportivo y por eso le cancelan o suspenden su licencia para siempre, entonces el contrato que tenías con él se termina automáticamente. Esto pasa porque el contrato ya no tiene sentido si él ya no puede ejercer su trabajo de manera legal. El documento deja de valer desde ese momento, sin necesidad de avisar.
- Art. 114Un representante o manager de un boxeador puede vender o pasar sus derechos sobre el peleador a otra persona, pero necesita el permiso de la Comisión (la autoridad que regula el boxeo) y que el propio boxeador esté de acuerdo. El dinero de esa venta se define en un acuerdo privado entre el manager que vende y el que compra. El precio tiene que ir de acuerdo con el nivel o categoría del boxeador. En resumen: el boxeador y la Comisión tienen que dar el sí, y el costo se arregla entre las partes según lo que vale el peleador.
- Art. 115Si el boxeador y quien lo contrata no se ponen de acuerdo y el peleador sale perdiendo, la Comisión puede meterse a ayudar. Cualquiera de los dos puede pedirle a la Comisión que intervenga. Entonces, la Comisión va a fijar un precio justo para lo que vale el boxeador, según su nivel. Así busca que ambos lleguen a un arreglo sin pleito.
- Art. 116El boxeador puede pedirle a su representante o manager que le dé el 30% de lo que ese manager ganó por el contrato. La Comisión puede investigar cuánto dinero realmente se movió en el negocio y castigar si es necesario. Todo esto es para cuidar los intereses de todos los involucrados en el trato.
- Art. 117El artículo 117 divide a los peleadores en cuatro categorías para calcular su garantía mínima anual. Si eres estelarista (peleas principales), te toca el equivalente a 1000 días de salario mínimo de la capital del estado. Los semifinalistas reciben 600 días; los preliminaristas de 6 a 8 rounds, 400 días; y los de 4 rounds, 300 días. Esto significa que, según tu nivel, te pagan una cantidad fija basada en el salario mínimo diario de la ciudad. Es como un sueldo base que aseguran por ley, dependiendo de qué tan importante sea tu pelea.
- Art. 118Un representante o manager no puede inscribir a más de tres boxeadores que él mismo maneje para que peleen en la misma función. Esto aplica solo cuando se trata de contratar a los peleadores para el evento. La regla es clara: si representas a varios boxeadores, no puedes meter a más de tres tuyos en una sola noche.
- Art. 119Si dos boxeadores tienen al mismo manager y están programados para pelear entre sí, la Comisión no va a permitir esa pelea. Solo en un caso muy especial, el manager no puede estar en la esquina de ninguno de los dos peleadores; en su lugar, la Comisión nombra a un manager temporal para cada uno. Eso es para evitar que el manager tenga un conflicto de intereses, como favorecer a uno sobre el otro.
- Art. 120El boxeo femenil se maneja con las mismas reglas generales que están en este reglamento, pero además debe seguir las normas especiales que se explican en este capítulo. En pocas palabras, las boxeadoras mujeres tienen reglas propias, pero también aplican las reglas básicas del deporte.
- Art. 121Para que una boxeadora pueda sacar su licencia y subirse a pelear, primero tiene que pasarse unos exámenes médicos que ponga el servicio médico de la Comisión. Uno de esos exámenes es el de no embarazo, que se hace con la supervisión de la Comisión. O sea, no te dejan boxear si no demuestras que no estás embarazada.
- Art. 122Este artículo dice que las boxeadoras pueden pelear en tres tipos de categorías según su experiencia y nivel. Las "preliminaristas" son las que tienen peleas de cuatro rounds. Las "semifinalistas" son las de seis rounds. Y las "estelaristas" son las más experimentadas, que pelean ocho rounds y solo pueden hacerlo si tienen mucha habilidad técnica, están en rankings estatales o nacionales, o si son campeonas de algún título.
- Art. 123El artículo 123 dice que el boxeo femenil profesional tiene categorías por peso, como "Paja", "Mosca" o "Gallo", entre otras. Para cada categoría hay un peso oficial que deben tener las boxeadoras, una tolerancia de 500 gramos extra y un peso máximo que no pueden pasar. Si una peleadora pesa más de ese máximo, ya no puede competir en esa división. En la tabla del reglamento están todos los pesos exactos en kilogramos para que sepas en qué categoría te toca pelear.
- Art. 124Las peleas de boxeo profesional usan guantes de diferente peso según la categoría de los boxeadores. Si los peleadores están en las divisiones de Paja hasta Super ligero, los guantes deben pesar 8 onzas. En cambio, si están en Welter hasta Completo (que son categorías más pesadas), los guantes deben pesar 10 onzas. Las 'onzas' son una medida de peso; aquí se refiere al peso del guante, no a lo que pesa el boxeador.
- Art. 125Cada pelea o round dura 2 minutos seguidos de combate. Después de esos 2 minutos, te toca descansar 1 minuto antes de empezar el siguiente asalto. Así se repite hasta que termine la pelea o el número de asaltos acordados.
- Art. 126Para que una boxeadora pueda trabajar profesionalmente, necesita llevar sí o sí estos accesorios: un brassier protector, un protector pélvico (para la zona de la cadera), un protector bucal (que se ajusta a la boca), una camiseta tipo top y un calzón de boxeo, calcetas, zapatillas profesionales de boxeo y una toalla. La bata o algo parecido es opcional. Todo esto es aparte del vendaje de manos y los guantes que ya están obligados por norma.
- Art. 127La empresa que organice una pelea de boxeo debe tener vestidores separados para hombres y mujeres cuando se vayan a hacer el pesaje y el examen médico. Esto significa que no pueden usar el mismo cuarto, cada quien debe tener su propio espacio.
- Art. 128La Comisión puede cambiar en cualquier momento los exámenes médicos para mujeres, pero siempre siguiendo un instructivo que es obligatorio. Eso aplica antes de que te den o renueven la licencia para pelear en box profesional. También aplica si eres mujer y quieres boxear o trabajar de árbitro en una pelea. En pocas palabras, tu licencia o permiso para subir al ring depende de esos exámenes médicos que ellos ajustan.
- Art. 129Las boxeadoras que van a pelear en una función de box tienen que presentarse 24 horas antes de la pelea en las oficinas de la Comisión de Box o en el lugar que ellas indiquen. Ahí tienen que hacer el pesaje oficial, pasarse un examen médico, mostrar su carnet o licencia y entregar su permiso único de salida de la Comisión a la que pertenezcan.
- Art. 130Las boxeadoras que estén programadas o como suplentes deben llegar al lugar de la pelea dos horas antes de que empiece la función. Al llegar, tienen que reportarse con el director de encuentros para que él confirme que ya están ahí y verifique que todo esté en orden. Así se aseguran de que estén listas para subir al ring cuando les toque pelear.
- Art. 131Los oficiales, el servicio médico, los jueces, árbitros o réferis, los directores de encuentros, los cronometristas y los anunciadores son los que ayudan a la Comisión (el organismo que organiza o supervisa las actividades). Ellos trabajan como apoyo para que todo funcione bien durante los partidos o eventos. En resumen, son el equipo de personas que se encargan de que las reglas se cumplan y que los participantes estén seguros.
- Art. 132Los oficiales que trabajan en el box y la lucha libre deben seguir las reglas del Reglamento Interno de la Comisión, así como las instrucciones y acuerdos que ella emita. Para poder hacer su trabajo, necesitan tener una licencia vigente que les haya dado la misma Comisión. Si no tienen ese permiso al día, no pueden ejercer sus funciones. En pocas palabras, todo lo que hagan debe estar dentro de lo que marca la ley y con un documento oficial que los autorice.
- Art. 133Para sacar la licencia de oficial de boxeo necesitas cumplir con estos requisitos: entregar tu solicitud por escrito y de a tres copias, ser mexicano y mayor de edad, tener buena reputación y no estar metido en cosas malas. También debes tener mínimo estudios de prepa o equivalente, saber bien de boxeo y comprobar al menos tres años de experiencia en el medio. No puedes tener relaciones con empresarios, promotores, manejadores, boxeadores o cualquier persona del boxeo profesional. Además, tienes que tomar los cursos de capacitación que pida la Comisión, pasar los exámenes técnicos y médicos que te apliquen, y pagar tus derechos correspondientes.
- Art. 134Para ser oficial necesitas cumplir con los mismos requisitos que se piden en el artículo anterior, excepto el que viene en el inciso g). Eso significa que no tienes que cumplir con ese requisito en específico para aplicar. El resto de los requisitos sí son obligatorios. Esta regla aplica solo a quienes quieran ser oficiales.
- Art. 135Los oficiales (los que trabajan en peleas de box o lucha libre) tienen que llegar una hora antes de que empiece el evento y no pueden irse hasta que termine, a menos que el encargado de turno les dé permiso. Quienes van a participar en la función son elegidos por ese mismo encargado media hora antes de que arranque, pero el director de encuentros y el que toma el tiempo ya tienen su puesto definido por la Comisión. Además, los oficiales que sean seleccionados deben pasar un chequeo médico antes de empezar a trabajar.
- Art. 136La Comisión es la que decide cuánto les van a pagar a los oficiales, como secretarios y actuarios que trabajan en los juzgados. Nadie más puede cambiarlo, solo ellos tienen la autoridad para fijar los sueldos.
- Art. 146Para ser juez necesitas dos cosas: primero, una licencia que te dé la Comisión (el grupo que autoriza esto), y segundo, comprobar que sabes lo necesario para el puesto. Sin la licencia no puedes trabajar como juez, aunque tengas experiencia. La capacidad técnica significa que debes demostrar que entiendes las leyes y cómo aplicarlas bien.
- Art. 147En una pelea de boxeo profesional, siempre hay tres jueces viendo el combate; cada uno se coloca en un lugar distinto pero ya acordado de antemano en la zona técnica.
- Art. 148Artículo 148: Después de cada round, los jueces deben escribir en tarjetas cuántos puntos le dan a cada boxeador y entregárselas al comisionado de inmediato. a) Decisión unánime: los tres jueces están de acuerdo en quién ganó. b) Decisión dividida: dos jueces dicen que ganó un boxeador, y el tercero dice que ganó el otro. c) Empate: si los jueces no se ponen de acuerdo y uno marca empate, y además es una pelea de campeonato nacional o estatal, el campeón se queda con el título.
- Art. 149Los jueces no pueden platicar con nadie, ni antes, ni durante, ni después de la pelea. Tampoco pueden andar haciendo señas o comentarios sobre los puntos que van poniendo o sobre quién creen que va ganando. Esto es para que nadie los presione ni influya en su decisión final. Lo único que deben hacer es calificar en silencio y, al terminar, anunciar el resultado que ya entregaron.
- Art. 150El réferi es la persona encargada de cuidar y guiar lo que pasa en el ring durante una pelea de boxeo profesional. Su trabajo es asegurarse de que la pelea se desarrolle bien y que los boxeadores sigan las reglas.
- Art. 151Antes de que empiece una pelea, el réferi tiene que revisar a cada boxeador: los guantes, el protector bucal (eso que se ponen en la boca), el calzón, la concha (protector de la entrepierna) y asegurarse de que no traigan ningún objeto raro escondido. También debe hablar con los dos peleadores para explicarles qué está permitido y qué no, y animarlos a dar una buena pelea.
- Art. 152El artículo 152 dice que el réferi (el que cuida el combate) debe checar que los managers y sus ayudantes solo usen agua, hielo y vaselina para atender al boxeador. Además, al empezar cada round, tiene que asegurarse de que el boxeador no tenga demasiada grasa o agua en la cara y el cuerpo. Esto es para evitar ventajas injustas, porque el exceso de grasa hace que los golpes resbalen, y el agua puede causar accidentes. En corto, el réferi vigila que todo esté limpio y parejo.
- Art. 153El artículo 153 dice que el réferi (el árbitro del boxeo) tiene que usar un uniforme específico: pantalón azul marino, camisa azul claro o blanca, corbatín negro y zapatos oscuros y suaves. Además, no puede traer puestos reloj, anillos, cinturón ni ningún otro objeto que pueda lastimar a los boxeadores. Esto es para evitar accidentes durante la pelea. En pocas palabras, el réferi debe vestir de forma segura y sin accesorios que puedan causar daño.
- Art. 154El réferi tiene el poder de regañar, quitar puntos o hasta sacar de la pelea a un boxeador que dé golpes prohibidos o haga trampa, como conductas antideportivas.
- Art. 155El réferi puede parar el round si uno de los boxeadores resulta lastimado por un golpe, sea legal o no. El árbitro pide entonces que el médico del ring revise al peleador. El médico decide si el boxeador puede seguir o no, y le avisa al comisionado que esté a cargo. Finalmente, el comisionado es quien toma la decisión final sobre si la pelea continúa o se detiene.
- Art. 156El árbitro debe evitar tocar a los boxeadores durante la pelea, a menos que se estén agarrando y no se suelten cuando él les ordene separarse. Si los peleadores hacen un amarre y no hacen caso a la orden de separarse, entonces el réferi puede intervenir físicamente. La idea es que él solo toque a los peleadores cuando sea necesario para que la pelea siga siendo justa y ordenada.
- Art. 157El árbitro solo puede hablarles a los boxeadores, a sus representantes (managers) y a los ayudantes durante los descansos entre rounds, y debe ser muy breve. Si necesita dar instrucciones mientras el round está en marcha, tiene que hacerlo de forma discreta, sin llamar la atención. Es como cuando en la cancha un juez te habla rápido y en corto en los tiempos muertos, y durante la acción solo te dice lo justo y en voz baja para no interrumpir. En pocas palabras: el réferi habla solo lo necesario y sin armar show.
- Art. 158Si un boxeador se lastima por un golpe, ya sea legal o ilegal, y el réferi cree que la pelea puede seguir, al final del round le pedirá al médico que revise la herida. Si el médico dice que ya no se puede continuar con el combate y el réferi no está seguro de si el golpe fue legal o no, entonces el réferi les preguntará a los jueces. Después, el réferi les dirá a todos lo que acordaron para que el comisionado (la autoridad del evento) decida qué hacer.
- Art. 159Si un boxeador recibe un golpe prohibido y se lastima tanto que el réferi tiene que parar el round para que lo revise el médico, pero el doctor dice que puede seguir peleando, entonces el réferi lleva al que dio el golpe al centro del ring y les avisa a los jueces que le quiten dos puntos.
- Art. 160El réferi puede parar la pelea si ve que uno de los boxeadores es mucho más fuerte y está dominando por completo al otro, hasta el punto de que el rival ya no puede defenderse. Esto es para evitar que el que va perdiendo termine lastimado de gravedad. En el box, a esto se le llama "suspensión por superioridad". Así que si un peleador está recibiendo demasiados golpes sin poder responder, el réferi tiene la autoridad para detener todo.
- Art. 161Cuando un boxeador cae al piso del ring, el réferi le ordena al otro peleador que se vaya a una esquina neutral (que no sea la de él ni la de su rival) para que no se acerque. El réferi revisa que el contrincante ya esté en esa esquina, y luego voltea a ver al cronometrista para seguir el tiempo que ya lleva contando. Si durante la cuenta el boxeador que debía estar en la esquina neutral se sale de ahí, el réferi para de contar y solo continúa hasta que el peleador vuelva a su lugar.
- Art. 162El artículo 162 dice que cuando un boxeador cae, el réferi le cuenta hasta 10 segundos. Si el boxeador se levanta antes de que termine la cuenta, el réferi le da 8 segundos de protección para revisar cómo está físicamente. Si todo está bien, le limpia los guantes y ordena que la pelea continúe. Pero si el boxeador no puede seguir, el réferi para la pelea y dice que es nocaut técnico.
- Art. 163Si los dos boxeadores caen al mismo tiempo por golpes que se dan al mismo tiempo, el réferi debe contarles a los dos mientras los observa para que lo vean y escuchen. En cuanto uno se levanta, el réferi sigue contando solo al que sigue en el suelo. Si el otro también se levanta, el réferi revisa cómo están los dos; si cree que pueden seguir, les limpia los guantes y dice que la pelea continúa.
- Art. 164Cuando un réferi ve que, durante una pelea, los dos boxeadores no están peleando con la seriedad y honestidad que se espera de un profesional, primero les llama la atención varias veces. Si ellos no cambian su actitud, el réferi para la pelea y lleva a los boxeadores ante el comisionado que esté a cargo en ese momento. El comisionado es quien decide qué hacer con ellos.
- Art. 165Cuando suena la campana para empezar un round y un boxeador no se levanta de su banco para pelear, el réferi empieza a contar hasta 10. Si el boxeador no se para antes de que termine la cuenta, pierde por nocaut. Pero si se levanta antes de los 10 segundos, el réferi lo lleva al centro del ring y los jueces le quitan un punto. Además, si al empezar el round el entrenador o su ayudante no salen del área de pelea, su boxeador pierde automáticamente por descalificación.
- Art. 166Si un boxeador cae al suelo tres veces en un mismo round, pierde automáticamente. El comisionado que esté a cargo decide si eso cuenta como "nocaut técnico" o "nocaut efectivo" en su historial, pero antes habla con el réferi, los jueces y el médico del ring.
- Art. 167Si un boxeador es derribado y cae fuera del ring, el réferi cuenta hasta 20 segundos. Si el peleador no logra subir al ring antes de que termine la cuenta, pierde por nocaut. En cambio, si alcanza a subir, el réferi le da otros 18 segundos para recuperarse y decide si puede seguir peleando. Si el combate continúa, el réferi debe limpiarle los guantes al boxeador. Esto lo hace el "tomador de tiempo", que es la persona encargada de llevar los segundos exactos.
- Art. 168El artículo 168 dice que la persona encargada de medir el tiempo en una pelea debe tener un cronómetro, un silbato y una campana con un martillo. Tiene que controlar que los rounds duren 3 minutos de pelea y luego 1 minuto de descanso. Para avisar que faltan 10 segundos para que termine el round, debe prender unas luces color ámbar, y para avisar que faltan 10 segundos para que empiece el siguiente round, debe sonar el silbato. También tiene que tocar la campana al inicio y al final de cada round para que los managers y demás ayudantes salgan del ring.
- Art. 169Cuando un boxeador cae al piso, la persona encargada del tiempo empieza a contar los segundos con su cronómetro y le muestra al réferi los segundos con los dedos, para que el réferi sepa en qué segundo va el conteo y pueda seguir la cuenta desde ahí. Esto termina cuando el boxeador se levanta antes de que el réferi cuente hasta 8 (eso es la cuenta de protección), o si no se levanta, cuando se complete la cuenta de 10 segundos. Para que los dedos se vean mejor, el que lleva el tiempo puede usar un guante blanco.
- Art. 170Si a un boxeador lo noquean cuando faltan menos de 10 segundos para que termine el round, el que lleva el tiempo no debe tocar la campana hasta que el réferi termine de contar. Si el boxeador se levanta antes de los 10 segundos, entonces el que lleva el tiempo tocará la campana justo cuando se cumplan los 3 minutos del round o un poco después.
- Art. 171Si un boxeador va cayendo justo cuando se acaba el último round, no importa: la pelea ya terminó. El que lleva el tiempo toca la campana a los 3 minutos exactos, aunque el réferi ya haya empezado a contar los segundos para ver si el boxeador se levanta. Aunque el boxeador caído no se haya parado, la pelea se da por terminada en ese momento. O sea, el conteo del réferi ya no cuenta porque el round ya se acabó.
- Art. 172Cuando una pelea termina porque uno de los peleadores queda noqueado (nocaut), porque el réferi la para para protegerlo (nocaut técnico) o porque lo descalifican, la persona encargada de llevar el tiempo debe avisarle al comisionado de turno cuánto tiempo pasó desde que empezó ese asalto.
- Art. 173El artículo 173 dice que la persona que toma el tiempo no puede andar dando información al público ni a nadie que no tenga permiso del comisionado que esté a cargo en ese momento. Esto aplica a cualquier cosa que tenga que ver con el trabajo o la función que se está haciendo. Básicamente, si no tienes autorización del jefe en turno, no puedes andar platicando detalles del asunto con cualquiera. Es como si te pidieran mantener la boca cerrada y solo hablar con quienes tienen el visto bueno.
- Art. 174Tienes que llegar a la función vestido con un smoking oscuro, que es un traje elegante de color negro o muy oscuro. Esto aplica si eres el anunciador, es decir, la persona que presenta el evento o da los avisos al público. La ley te obliga a cumplir con esta regla de vestimenta.
- Art. 175En cada pelea de box, antes de que empiece, hay una persona llamada anunciador que se encarga de presentar a todo el equipo que va a participar: primero presenta al comisionado que esté de turno y a su suplente, luego al médico y sus ayudantes, y también a los oficiales del ring (como el réferi y los jueces). Cuando ya va a comenzar el combate, el anunciador le dice al público de qué categoría de peso es la pelea (división), cuántos rounds va a durar, el peso exacto de cada boxeador y sus nombres. Si la pelea es por un campeonato, también informa al público sobre ese título que está en juego.
- Art. 176El encargado de anunciar los resultados de las peleas debe leer en voz alta las calificaciones que los jueces dieron, pero solo usando el reporte oficial que le entregue el comisionado que esté a cargo en ese momento. O sea, no puede inventar ni decir los resultados por su cuenta, tiene que esperar a que le den el papel con la información ya lista para compartirla con el público.
- Art. 177El artículo 177 dice que, antes de presentar a alguien importante en el boxeo (como un peleador famoso o alguien que recibe un homenaje), se necesita el permiso del comisionado que esté de turno ese día. También aplica para boxeadores que sean interesantes para promocionar un evento. Además, esa misma persona debe informarle al público cualquier aviso o noticia que el comisionado le pida compartir.
- Art. 178El artículo 178 dice que la persona encargada de anunciar (el anunciador) no puede contar información del evento a nadie que no tenga permiso del comisionado que esté a cargo en ese momento. O sea, si no tienes autorización del jefe en turno, el anunciador no te puede dar detalles sobre lo que está pasando. Es para mantener la confidencialidad de la función.
- Art. 179Para ser árbitro de peleas necesitas una licencia que te dé la Comisión de Box. Sin ese permiso oficial, no puedes dirigir los combates. Es como un carnet que demuestra que sabes cómo hacer bien tu trabajo.
- Art. 180El director de encuentros es la persona encargada de organizar todo lo que tenga que ver con el evento, como asegurarse de que todo salga rápido y sin problemas. Su trabajo es que la función o actividad se desarrolle de manera ágil y eficiente. Básicamente, es quien se encarga de que todo fluya bien durante el evento.
- Art. 181El director de la pelea debe pedir a la Secretaría de la Comisión de Box, con suficiente tiempo de anticipación, cuatro cosas. Primero, la lista oficial de los boxeadores que van a pelear en el evento. Segundo, la lista de los comisionados, doctores, jueces, representantes y ayudantes que van a trabajar ese día. Tercero, los papeles o formatos que usarán el comisionado, los jueces y el propio director. Y cuarto, los guantes que se usarán en las peleas principales.
- Art. 182El director del evento es el encargado de registrar la hora exacta en que llegan los managers, los ayudantes y los boxeadores. A los boxeadores los pesa enfrente de sus managers o ayudantes, y anota el peso en un formulario especial para eso.
- Art. 183El director de los encuentros (la persona encargada de organizar los eventos) tiene que anotar quiénes son los oficiales (como jueces o árbitros) que están en el lugar. Después, le avisa al comisionado que esté de turno para que él decida cuáles de esos oficiales van a trabajar en el evento.
- Art. 184El director del evento tiene que checar que los boxeadores ya estén listos para subir al ring justo cuando sea su turno de pelear. No puede haber retrasos, todo debe ir en orden. Es como cuando te toca pasar a un examen o a competir: tienes que estar preparado para el momento exacto. Así se evita que el show se atore y todo fluya rápido.
- Art. 185El artículo 185 dice que el director del combate tiene que asegurarse de que los boxeadores sigan las reglas del boxeo. No debe dejar que los peleadores suban al ring si traen calzones del mismo color, ni que usen cosas que no estén permitidas por el reglamento. Es como un juez que revisa que todo esté en orden antes de empezar la pelea.
- Art. 186El director de la pelea tiene que checar que a los boxeadores les pongan el vendaje en las manos exactamente como dice el reglamento. Después de que le pongan el vendaje a cada boxeador, el director lo revisa para asegurarse de que esté bien puesto y que no escondan nada raro ahí. Para que todo quede en orden, el director firma cada vendaje como una forma de dar el visto bueno.
- Art. 187El director de la pelea tiene que recibir los guantes que la empresa le da para la función, revisarlos para asegurarse de que estén en buen estado y, si lo están, repartirlos a los boxeadores. Pero hay una excepción: para las peleas estelares (las más importantes de la noche), los guantes deben ser nuevos y se los entrega al comisionado que esté a cargo en ese momento.
- Art. 188El director de la pelea tiene que checar que los boxeadores se pongan bien los guantes antes de la pelea, para asegurarse de que no metan nada raro adentro (como objetos que puedan lastimar más) y que el amarrado esté como marca el reglamento. Pero esto no aplica para los boxeadores de la pelea estelar, porque ellos se ponen los guantes ya en el ring, y el réferi es quien los revisa ahí mismo.
- Art. 189El director del encuentro es el encargado de que los boxeadores no salgan de sus vestidores hasta que sea su turno de pelear. También debe decirles exactamente dónde esperar si hay peleas de emergencia y tenerlos preparados por si algo sale mal. Si al final no pelean, el director les avisará cuándo pueden irse, pero solo si el comisionado responsable da la orden.
- Art. 190Los boxeadores que tengan permiso para pelear en una función de boxeo profesional deben que les vendan las manos. Es obligación de sus managers y ayudantes hacerlo bien y bajo su propio riesgo. Una vez que el boxeador tenga las manos vendadas, tienen que llevarlo con el Director de Encuentros para que él revise y dé el visto bueno.
- Art. 191El vendaje de cada mano debe ser de gasa o crepé (una tela elástica), con el largo suficiente para cubrir bien las manos del boxeador y un ancho de 5 centímetros. Para fijarlo, se usa cinta adhesiva de máximo 2.5 metros de largo por 2.5 centímetros de ancho por mano. La cinta solo se pone en el dorso de la mano o sobre el vendaje, nunca en los nudillos: ahí solo va el vendaje. Además, está prohibido echarle cualquier líquido o sustancia a las vendas.
- Art. 192Para una pelea de boxeo profesional en México, los guantes deben ser aprobados por la Comisión de Boxeo. Tienen que estar hechos con cuatro capas específicas, de afuera hacia adentro: la primera capa es de piel de cabra o un material similar, de 0.8 milímetros de grosor. La segunda es una espuma de látex o hule espuma de 2 a 3 milímetros. La tercera es un relleno de cerda fijo para que no se mueva. Por último, la cuarta capa es un forro que repele la humedad.
- Art. 193En las peleas más importantes de la noche, conocidas como combates estelares, los boxeadores deben usar guantes nuevos, que nadie haya usado antes. En cambio, en las peleas de antes (preliminares y semifinales) pueden usar guantes que ya se hayan ocupado, siempre y cuando estén en buenas condiciones y el director del evento les dé el visto bueno. O sea, para las peleas principales sí o sí tienen que estrenar guantes, pero para las otras basta con que estén en buen estado y aprobados.
- Art. 194Para proteger a los boxeadores, los guantes deben cubrirse con cinta adhesiva justo en la parte de las muñecas, por fuera y por enfrente. Esto ayuda a que el amarre no se despegue ni cause lesiones durante la pelea.
- Art. 195En peleas de boxeo profesional, el tamaño de los guantes depende del peso de los boxeadores. Si los peleadores están en categorías desde peso paja hasta peso welter, deben usar guantes de 8 onzas. Para divisiones más pesadas, desde super welter hasta peso completo, los guantes deben ser de 10 onzas. La onza es una medida de peso, y aquí se refiere al tamaño del guante.
- Art. 196Además de los vendajes y guantes, el boxeador debe usar estos artículos en la pelea: un protector bucal, una concha (protector de la entrepierna) que no tape el ombligo, calzón, calcetas preferentemente blancas, zapatillas especiales de boxeo, una toalla, y opcionalmente una bata o algo parecido.
- Art. 197Cuando termina cada round, los jueces deciden quién lo ganó viendo los golpes que están permitidos y la actitud de los boxeadores. Solo cuentan los golpes legales, no los prohibidos. La actitud incluye cosas como quién fue más agresivo o dominó la pelea.
- Art. 198Este artículo del reglamento de box del Estado de México dice que los jueces deben calificar a los boxeadores con base en estas reglas: solo cuentan los golpes limpios que den arriba del cinturón y que sean contundentes. También toman en cuenta qué tan peleador y efectivo es con sus golpes durante la pelea, su habilidad para moverse en el ring y su técnica tanto para atacar como para defenderse. Por último, evalúan su actitud y que muestre un buen espíritu deportivo.
- Art. 199Este artículo explica las reglas que deben seguir los jueces y réferis para sancionar a un boxeador. Básicamente, hay una lista de faltas prohibidas, como golpear debajo del cinturón, pegarle a un rival que está en el piso o levantándose, o abrazar al otro para no pelear. También está prohibido dar golpes bajos, en los riñones o en la nuca, usar la cabeza o partes del cuerpo para lastimar, o escupir el protector bucal a propósito. Si un boxeador hace cualquiera de estas jugadas sucias, insulta al otro o al réferi, o no obedece al árbitro, puede ser castigado.
- Art. 200Este artículo del reglamento de box del Estado de México dice cómo puede terminar una pelea. Los resultados posibles son: que gane un boxeador por puntos, que haya empate técnico (por parar la pelea o por decisión médica), que gane por nocaut (noqueado) o nocaut técnico, que lo descalifiquen, que uno abandone o que no haya decisión (si la pelea se cancela antes). Si la pelea llega a los puntos, hay tres tipos de decisión. La "unánime" es cuando los tres jueces ponen arriba al mismo boxeador. La "dividida" es cuando dos jueces favorecen a uno y el tercero al otro, o cuando dos le dan el triunfo a uno y el tercero marca empate. Y el "empate" ocurre si los tres jueces dan el mismo puntaje a los dos, o si dos marcan empate, o si cada juez da un resultado distinto (uno gana, otro empata y el otro pierde).
- Art. 201Un empate técnico pasa cuando los dos boxeadores caen al mismo tiempo por golpes limpios y ninguno logra levantarse antes de que termine la cuenta de 10 segundos. En pocas palabras, si los dos quedan noqueados juntos y no se paran a tiempo, la pelea termina en empate.
- Art. 202Cuando dos boxeadores se lastiman al mismo tiempo por golpes legales, y el médico del ring decide que ninguno puede continuar, se considera un empate técnico médico. Es decir, la pelea se termina y no hay ganador ni perdedor. Esto solo pasa si los dos sufren lesiones al mismo tiempo y por golpes permitidos. El médico es quien tiene la última palabra para detener la pelea.
- Art. 203Cuando un boxeador se lastima por un golpe ilegal de su rival, el médico del ring puede dejar que la pelea siga, pero primero le descuentan dos puntos al que dio el golpe prohibido. Si después, en los rounds siguientes, la herida se hace más grande solo por golpes legales y el médico decide parar la pelea, entonces se cuentan los puntos de todos los rounds hasta antes de que se detuviera. El ganador es el boxeador que tenga más puntos en ese momento.
- Art. 204El nocaut efectivo pasa cuando un boxeador recibe un golpe legal, se cae y no se levanta antes de que el réferi cuente hasta 10. También cuenta como nocaut si el golpe es tan fuerte que el réferi no termina de contar los 10 segundos y para el combate para atender al boxeador. Y por último, si el boxeador sale del ring por el golpe y no logra regresar en 20 segundos, también se considera nocaut efectivo.
- Art. 205El nocaut técnico pasa cuando un boxeador lastima a su rival con un golpe legal (que no está prohibido) y el médico del ring decide que no puede seguir peleando. También ocurre si un boxeador recibe muchos golpes y el réferi, el médico o el comisionado paran la pelea por su seguridad. Otra forma es cuando un boxeador es derribado, se levanta, pero los jueces deciden que ya no está en condiciones de continuar. Igual cuenta como nocaut técnico si al sonar la campana para el siguiente asalto el boxeador no se levanta de su banco, o si da la espalda agüitado por los golpes del otro.
- Art. 206Si un boxeador recibe un golpe prohibido y el médico decide que la lesión es tan grave que hay que parar la pelea, el que pegó el golpe es descalificado. También te descalifican si le pegas a tu rival cuando ya está en el piso, si lo golpeas después de que sonó la campana, si te dejas caer a propósito, si te quitas el protector bucal varias veces o si le das la espalda a tu rival sin razón. Otras causas son: si te caes del ring y alguien te ayuda a subir antes de los 20 segundos, si le das golpes prohibidos seguido aunque ya te hayan quitado puntos, o si tu entrenador se mete al ring antes de que termine el round.
- Art. 207El artículo 207 dice que se considera abandono cuando un boxeador deja el ring antes de que termine la pelea, ya sea por falta de ganas de pelear o sin una razón médica válida. Si esto pasa aunque el boxeador esté lastimado pero no sea algo grave, se cuenta como pelea perdida en su récord. O sea, si te sales del ring sin estar realmente herido, pierdes de todas formas.
- Art. 208El artículo 208 dice que si en una pelea de box los dos peleadores no se esfuerzan de verdad y hacen algo que engaña a la gente que fue a verlos, el juez puede declarar que no hubo un ganador. En lugar de eso, a los dos se les anota la pelea como perdida en su récord, como si hubieran fallado. Es una regla para evitar que los boxeadores finjan o hagan un mal show.
- Art. 209Al empezar cada round, cada juez le pone 10 puntos a cada boxeador. Cuando termina el round, los jueces ajustan los puntos según lo que diga el reglamento. La calificación final del round se basa en cómo se portaron los peleadores durante ese asalto. Es como si todos empezaran con calificación perfecta y luego se les bajaran puntos por errores o malos golpes.