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Artículo 170 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si a un boxeador lo noquean cuando faltan menos de 10 segundos para que termine el round, el que lleva el tiempo no debe tocar la campana hasta que el réferi termine de contar. Si el boxeador se levanta antes de los 10 segundos, entonces el que lleva el tiempo tocará la campana justo cuando se cumplan los 3 minutos del round o un poco después.

Texto oficial

ARTICULO 170.- Cuando un boxeador sea derribado faltando menos de 10 segundos para finalizar el round, El tomador de tiempo no sonará la campana permitiendo al réferi, proseguir el conteo. Si el boxeador caído se incorpora antes de la cuenta de 10 segundos, el tomador de tiempo sonará la campana al cumplirse los tres minutos reglamentarios, o después de ese tiempo. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de agosto de 2001. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE BOX Y LUCHA LIBRE PROFESIONAL DEL ESTADO DE MEXICO 22

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.