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Artículo 27 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año tienes que renovar las licencias que te dio la Comisión. Para hacerlo, debes cumplir con los requisitos que se piden en el artículo 23, solo los incisos a) y d), y además pagar en la Tesorería de la misma Comisión. En otras palabras, no necesitas cumplir todos los requisitos del artículo 23, solo esos dos específicos.

Texto oficial

ARTICULO 27.- Las licencias expedidas por la Comisión, se deberán revalidar anualmente debiéndose en este caso, cubrir los requisitos enunciados en el artículo 23 incisos a) y d) y hacer el pago respectivo ante la Tesorería de este organismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.