Artículo 2 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 2 dice que la Comisión es un grupo de expertos en deportes (como el box y la lucha libre). Puede tomar sus propias decisiones libremente, pero su parte administrativa depende del Instituto Mexiquense de Cultura Física y Deporte, que es una oficina del gobierno del Estado de México. Esto significa que el instituto se encarga de los trámites y el papeleo, mientras que la Comisión decide sobre los deportes. Además, la Comisión debe seguir las reglas de este Reglamento y también las leyes que aplican a los espectáculos públicos en el Estado.
Texto oficial
ARTICULO 2.- La Comisión, es un cuerpo técnico en materia de ambos deportes. En su funcionamiento será autónoma y dependerá administrativamente del Gobierno del Estado, a través del Instituto Mexiquense de Cultura Física y Deporte; sus funciones se sujetarán a las disposiciones contenidas en este Reglamento y a los demás ordenamientos sobre espectáculos públicos del Estado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.