- Ley
- Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
- Artículo
- 8
Artículo 8 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada persona que sea parte de la Comisión tiene ciertos derechos y obligaciones, pero la ley no los detalla aquí. En lugar de eso, esos derechos y obligaciones se van a explicar en un documento aparte llamado "Reglamento interior". Ese reglamento es como un manual que dice qué puede hacer cada quién y qué tiene que cumplir.
Texto oficial
ARTICULO 8.- Las facultades y deberes correspondientes a cada uno de los miembros de la Comisión, serán señalados en el Reglamento interior de la misma.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.