Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl5/207
Ley
Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Artículo
207

Artículo 207 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 207 dice que se considera abandono cuando un boxeador deja el ring antes de que termine la pelea, ya sea por falta de ganas de pelear o sin una razón médica válida. Si esto pasa aunque el boxeador esté lastimado pero no sea algo grave, se cuenta como pelea perdida en su récord. O sea, si te sales del ring sin estar realmente herido, pierdes de todas formas.

Texto oficial

ARTICULO 207.- El abandono será cuando un boxeador por falta de espíritu combativo, o sin causa médica que lo justifique, abandone el ring, antes de terminar la pelea. En el récord del boxeador deberá quedar anotado como pelea perdida.

Ver texto oficial del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.