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Artículo 65 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los managers o representantes de boxeadores no pueden hacer contratos para que sus peleadores vayan a pelear a lugares donde no haya una comisión de box y lucha libre funcionando de manera oficial. Esto significa que si en un pueblo o ciudad no hay una autoridad legal que supervise las peleas, no se puede llevar a un boxeador a pelear ahí. La comisión es como un grupo de personas que se asegura de que todo esté en regla y que los peleadores estén protegidos. Así que, si no hay comisión, el manager no puede firmar ningún acuerdo para esa pelea.

Texto oficial

ARTICULO 65.- Los managers o representantes, bajo ningún concepto podrán contratar a sus boxeadores para pelear en los lugares donde no existan comisiones de box y lucha libre, legalmente constituidas. CAPITULO VIII DE LOS AUXILIARES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.