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Artículo 98 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de una pelea, los boxeadores deben descansar el tiempo necesario para recuperarse por completo. El descanso mínimo depende de los rounds que haya durado la pelea: 7 días para 4 rounds, 8 días para 6 rounds y 10 días para 8 rounds. Si el boxeador fue semifinalista o estelar, debe descansar al menos 14 días. Solo en casos especiales, la Comisión puede permitir pelear antes, pero solo si el boxeador pasa un examen médico. Si el boxeador resulta lesionado, el médico de la Comisión decide cuánto tiempo debe descansar obligatoriamente y avisa al boxeador, a su representante y al comisionado.

Texto oficial

ARTICULO 98.- Los boxeadores deberán tener, después de una pelea, descanso suficiente para su total recuperación física, conforme a lo siguiente: a) Para los boxeadores de cuatro rounds, el descanso mínimo será de siete días, para los de seis rounds, será de ocho días y para los de ocho rounds será de diez días. b) Para los boxeadores semifinalistas o estelares, el descanso mínimo será de catorce días. c) Solamente en casos de excepción, la Comisión, autorizará que los boxeadores tomen parte en dos peleas con un lapso menor al establecido en los incisos anteriores, previo examen médico correspondiente. d) En caso de lesión de un boxeador, el servicio médico de la Comisión, prescribirá el descanso obligatorio y se le hará saber al boxeador al manager o auxiliar y al comisionado en turno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.