Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl5/78
- Ley
- Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
- Artículo
- 78
Artículo 78 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El permiso que te da la Comisión para ser aspirante a auxiliar dura seis meses. Después de ese tiempo, ya no sirve y necesitarías tramitarlo de nuevo si quieres seguir participando.
Texto oficial
ARTICULO 78.- El permiso otorgado por la Comisión para los aspirantes a auxiliares, tendrá una vigencia de seis meses. CAPITULO IX DE LOS BOXEADORES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.