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Artículo 79 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un boxeador o boxeadora profesional es aquella persona que pelea a cambio de recibir un sueldo o pago por su actuación. Desde ahora, cuando la ley diga "boxeador profesional", se refiere tanto a hombres como a mujeres. O sea, aplica para ambos sexos, sin importar si usan la palabra en masculino o femenino. Así que no te confundas: la regla vale para todas las personas que pelean por dinero.

Texto oficial

ARTICULO 79.- Se considera boxeador o boxeadora profesional, al hombre o mujer que pelea cobrando un salario u honorarios por su actuación. En lo sucesivo al hablar de boxeador profesional se referirá en su caso al sexo femenino y al masculino.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.