Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl5/180
Ley
Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Artículo
180

Artículo 180 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director de encuentros es la persona encargada de organizar todo lo que tenga que ver con el evento, como asegurarse de que todo salga rápido y sin problemas. Su trabajo es que la función o actividad se desarrolle de manera ágil y eficiente. Básicamente, es quien se encarga de que todo fluya bien durante el evento.

Texto oficial

ARTICULO 180.- El director de encuentros tendrá a su cargo todas las actividades relacionadas con la función, procurando que el desarrollo de ésta, sea rápido y eficiente.

Ver texto oficial del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.