Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl5/179
- Ley
- Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
- Artículo
- 179
Artículo 179 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Para ser árbitro de peleas necesitas una licencia que te dé la Comisión de Box. Sin ese permiso oficial, no puedes dirigir los combates. Es como un carnet que demuestra que sabes cómo hacer bien tu trabajo.
Texto oficial
ARTICULO 179.- Para ser director de encuentros se requiere licencia expedida por la Comis1ión
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.