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Artículo 82 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ningún boxeador profesional puede pelear en una función que no tenga el permiso de la Comisión de Box, si esa pelea se realiza en el territorio que la Comisión controla. O sea, si la pelea es en tu ciudad o estado y la Comisión no la autorizó, no puedes subir al ring. La Comisión es como el juez que revisa que todo esté en regla, como la salud de los peleadores o las reglas del evento. Si participas en una función sin ese permiso, estás violando la ley.

Texto oficial

ARTICULO 82.- Los boxeadores profesionales, no deberán participar en una función que carezca de la autorización de la Comisión, cuando ésta se celebre dentro de su jurisdicción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.