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Artículo 21 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las licencias solo son válidas hasta el 31 de diciembre del año en que las sacaste, sin importar si las tramitaste en enero, en julio o en diciembre. Es decir, aunque apenas la hayas obtenido a fin de año, se vence el mismo 31 de diciembre. Por lo tanto, tienes que renovarla cada año para que siga siendo válida. No importa en qué fecha la hayas pedido, todas caducan al mismo tiempo.

Texto oficial

ARTICULO 21.- Las licencias tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de cada año, cualquiera que sea la fecha de expedición.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.