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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl5/127
Ley
Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Artículo
127

Artículo 127 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La empresa que organice una pelea de boxeo debe tener vestidores separados para hombres y mujeres cuando se vayan a hacer el pesaje y el examen médico. Esto significa que no pueden usar el mismo cuarto, cada quien debe tener su propio espacio.

Texto oficial

ARTICULO 127.- En las funciones en las que vayan actuar boxeadoras y boxeadores, la empresa deberá disponer de vestidores separados para el pesaje y examen médico correspondiente.

Ver texto oficial del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México (pág. 17) ↗

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