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Ley
Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Artículo
185

Artículo 185 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 185 dice que el director del combate tiene que asegurarse de que los boxeadores sigan las reglas del boxeo. No debe dejar que los peleadores suban al ring si traen calzones del mismo color, ni que usen cosas que no estén permitidas por el reglamento. Es como un juez que revisa que todo esté en orden antes de empezar la pelea.

Texto oficial

ARTICULO 185.- El director de encuentros, cuidará de que lo estipulado en el Reglamento, sea respetado por los boxeadores. No permitirá que éstos suban al ring con calzones del mismo color, o cualquier otro objeto que no sea lo reglamentario.

Ver texto oficial del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México (pág. 23) ↗

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