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Artículo 196 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Además de los vendajes y guantes, el boxeador debe usar estos artículos en la pelea: un protector bucal, una concha (protector de la entrepierna) que no tape el ombligo, calzón, calcetas preferentemente blancas, zapatillas especiales de boxeo, una toalla, y opcionalmente una bata o algo parecido.

Texto oficial

ARTICULO 196.- El boxeador en una pelea, además del vendaje y los guantes, deberá contar con los siguientes implementos: a) Posicionador anatómico bucal. b) Concha o protector de piel que no cubra el ombligo. c) Calzón. d) Calcetas, de preferencia blancas. e) Zapatillas profesionales de boxeo. f) Toalla. g) Bata o similar (opcional). CAPITULO XXII DE LA PUNTUACION DE LAS PELEAS Y SUS RESULTADOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.