Artículo 92 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el peso de un boxeador pasa por 500 gramos del límite de la categoría donde iba a pelear, tiene que darle a su rival el 25% del dinero que acordaron por la pelea. Si esto le vuelve a pasar, lo castigan y lo mandan con un doctor para que le digan en qué peso o división debe pelear sin lastimarse.
Texto oficial
ARTICULO 92.- Si un boxeador se excede 500 gramos del peso de la división en que fue contratado, pagará a su contrincante, una indemnización del 25% de los emolumentos contratados. En caso de reincidencia, el boxeador será sancionado y sujeto a valoración médica para hacerle saber la división o peso que le corresponde sin detrimento de su integridad física.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.