- Ley
- Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
- Artículo
- 46
Artículo 46 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los promotores de box y lucha libre son vistos como empleados de las empresas, no como jefes o dueños. Esto significa que si ellos cometen alguna falta o rompen las reglas, la empresa es directamente responsable. No importa si el promotor actuó por su cuenta; la empresa paga el error.
Texto oficial
ARTICULO 46.- Los promotores de box y lucha libre profesional, serán considerados como empleados de las empresas y en consecuencia serán responsables directos de cualquier falta o infracción que ellos cometan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.