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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl5/183
Ley
Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Artículo
183

Artículo 183 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director de los encuentros (la persona encargada de organizar los eventos) tiene que anotar quiénes son los oficiales (como jueces o árbitros) que están en el lugar. Después, le avisa al comisionado que esté de turno para que él decida cuáles de esos oficiales van a trabajar en el evento.

Texto oficial

ARTICULO 183.- El director de encuentros, tomará nota de los oficiales que estén presentes en el local y lo hará del conocimiento del comisionado en turno, para los efectos de la designación de los que vayan a actuar.

Ver texto oficial del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México (pág. 23) ↗

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