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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl5/18
Ley
Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Artículo
18

Artículo 18 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión solo puede actuar dentro del territorio del estado, y su oficina principal está en la capital del estado, como su dirección legal. Esto significa que si tienes algún asunto con ellos, tienes que ir a la capital para hacer trámites o presentar documentos. La jurisdicción es el límite geográfico donde tienen autoridad para trabajar. El domicilio legal es la dirección oficial que usan para recibir notificaciones o demandas.

Texto oficial

ARTICULO 18.- La Comisión tendrá su jurisdicción dentro de esta Entidad Federativa su domicilio legal, lo será en la ciudad capital del Estado.

Ver texto oficial del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.