Artículo 24 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 24 dice que una empresa de box o lucha libre profesional puede ser una persona (como tú o yo) o una compañía (como un negocio). Para funcionar, debe estar legalmente registrada, tener sus propios recursos (como ring, equipo, etc.) y puede organizar peleas de vez en cuando o de manera seguida. Además, necesita un permiso especial llamado licencia que le da la Comisión, que es la autoridad encargada. También tiene la obligación de seguir todas las reglas de este reglamento y cualquier decisión que tome la Comisión. En pocas palabras: si quieres poner una empresa de box o lucha, debes tener todo en orden y obedecer a la Comisión.
Texto oficial
ARTICULO 24.- La empresa, es la persona física o moral que debidamente establecida y contando con medios propios, pueda presentar en forma permanente o eventual, funciones de box o lucha libre profesional debiendo contar con licencia o autorización expedida por la Comisión, y obligada a cumplir con las disposiciones de este Reglamento, así como los acuerdos y resoluciones que emanen de la propia Comisión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.