- Ley
- Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
- Artículo
- 121
Artículo 121 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una boxeadora pueda sacar su licencia y subirse a pelear, primero tiene que pasarse unos exámenes médicos que ponga el servicio médico de la Comisión. Uno de esos exámenes es el de no embarazo, que se hace con la supervisión de la Comisión. O sea, no te dejan boxear si no demuestras que no estás embarazada.
Texto oficial
ARTICULO 121.- Para obtener la licencia correspondiente y poder pelear, las boxeadoras deberán aprobar los exámenes médicos que establezca el servicio médico de la Comisión, inclusive el correspondiente al no embarazo, el cual será practicado bajo la supervisión de la Comisión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.