Artículo 190 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los boxeadores que tengan permiso para pelear en una función de boxeo profesional deben que les vendan las manos. Es obligación de sus managers y ayudantes hacerlo bien y bajo su propio riesgo. Una vez que el boxeador tenga las manos vendadas, tienen que llevarlo con el Director de Encuentros para que él revise y dé el visto bueno.
Texto oficial
ARTICULO 190.- Los boxeadores autorizados para actuar en una función de boxeo profesional, les deberán ser vendadas las manos bajo la responsabilidad de sus managers y auxiliares, y presentar al boxeador ya vendado con el Director de Encuentros para su aprobación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.