Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl5/192
Ley
Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Artículo
192

Artículo 192 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para una pelea de boxeo profesional en México, los guantes deben ser aprobados por la Comisión de Boxeo. Tienen que estar hechos con cuatro capas específicas, de afuera hacia adentro: la primera capa es de piel de cabra o un material similar, de 0.8 milímetros de grosor. La segunda es una espuma de látex o hule espuma de 2 a 3 milímetros. La tercera es un relleno de cerda fijo para que no se mueva. Por último, la cuarta capa es un forro que repele la humedad.

Texto oficial

ARTICULO 192.- Los guantes a utilizar en una pelea de boxeo profesional deberán ser autorizados por la Comisión y contar en su manufactura con cuatro capas de su parte externa hacia la interna, las cuales guardarán las siguientes características: a) Piel de cabra o similar con un grosor de 0.8 milímetros, aproximadamente. b) Espuma de látex o hule espuma de 2 a 3 milímetros de grosor. c) Relleno de cerda, debidamente fijado para evitar su desplazamiento. d) Forro repelente.

Ver texto oficial del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.