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Artículo 6 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión toma decisiones solo cuando se reúnen todos sus miembros en una junta (sesión), ya sea en sus juntas normales (ordinarias) o en juntas especiales (extraordinarias). Para que esas decisiones sean válidas, deben ser aprobadas por más de la mitad de los votos de los que están presentes. En pocas palabras, se necesita que la mayoría esté de acuerdo para que lo que decidan tenga fuerza legal.

Texto oficial

ARTICULO 6.- Las decisiones de la Comisión, como cuerpo colegiado, tendrán validez plena, cuando éstas se tomen en sesiones ordinarias y extraordinarias y por mayoría de votos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.