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Artículo 154 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El réferi tiene el poder de regañar, quitar puntos o hasta sacar de la pelea a un boxeador que dé golpes prohibidos o haga trampa, como conductas antideportivas.

Texto oficial

ARTICULO 154.- El réferi cuenta con la facultad de amonestar, deducir puntos e incluso descalificar a un boxeador, cuando éste incurra en golpes prohibidos o en actitudes antideportivas. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de agosto de 2001. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE BOX Y LUCHA LIBRE PROFESIONAL DEL ESTADO DE MEXICO 20

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

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