Artículo 155 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El réferi puede parar el round si uno de los boxeadores resulta lastimado por un golpe, sea legal o no. El árbitro pide entonces que el médico del ring revise al peleador. El médico decide si el boxeador puede seguir o no, y le avisa al comisionado que esté a cargo. Finalmente, el comisionado es quien toma la decisión final sobre si la pelea continúa o se detiene.
Texto oficial
ARTICULO 155.- El réferi tiene la facultad de detener la acción de un round, si uno de los boxeadores, a consecuencia de un golpe lícito o ilícito, resulte lesionado, solicitando la revisión del médico del ring, quien dictaminará si continúa o no la pelea, informándolo al comisionado en turno, quien tomará la decisión correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.