Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl5/226
Ley
Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Artículo
226

Artículo 226 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una empresa organiza una pelea de campeonato de box en el estado, tiene que pagar a la Comisión una cantidad equivalente a 15 días de salario mínimo de la capital del estado. Ese pago es como un permiso para que la pelea se pueda llevar a cabo, pero solo aplica cuando el título que se disputa es estatal.

Texto oficial

ARTICULO 226.- Será obligación de la empresa promotora de una pelea de campeonato de box, cubrir ante la Comisión, como pago de derecho para la celebración de ésta, el equivalente a 15 días de salario mínimo vigente en la zona de la capital del Estado, cuando se trate de una pelea titular estatal.

Ver texto oficial del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.