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Artículo 231 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un luchador o luchadora profesional es cualquier persona, hombre o mujer, que pelea a cambio de un sueldo o pago por su actuación. Cuando la ley diga solo "luchador profesional", se entiende que aplica tanto para hombres como para mujeres. En pocas palabras, si te pagan por subir al ring a pelear, eres considerado luchador profesional, sin importar tu género.

Texto oficial

ARTICULO 231.- Se considera luchador o luchadora profesional, al hombre o mujer que pelea cobrando un salario u honorarios por su actuación En lo sucesivo al hablar de luchador profesional se referirá en su caso al sexo femenino y al masculino.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.