Artículo 249 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para poder usar cualquier título que dé el gobierno (como de una carrera o especialidad), necesitas tener una licencia oficial que solo la Comisión puede darte. Esa licencia es como un permiso especial que demuestra que estás autorizado. Si no la tienes, no puedes decir que tienes ese título. La Comisión es la única que puede entregar ese documento.
Texto oficial
ARTICULO 249.- Para poder ostentar cualquier titulo estatal, es necesario contar con licencia expedida por la Comisión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.