- Ley
- Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
- Artículo
- 53
Artículo 53 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Fondo va a tener un grupo de personas expertas llamado Consejo Técnico, que se encargará de que todo funcione bien. La Secretaría será la que reúna a esas personas para formar el Consejo, como si hiciera una junta para escoger al equipo. Así se aseguran de que el dinero del Fondo se maneje de manera correcta y ordenada.
Texto oficial
Artículo 53. El Fondo se regirá por un Consejo Técnico, para su correcta operación y administración, la Secretaría convocará la integración del Consejo Técnico.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.