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Ley
Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
53

Artículo 53 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Fondo va a tener un grupo de personas expertas llamado Consejo Técnico, que se encargará de que todo funcione bien. La Secretaría será la que reúna a esas personas para formar el Consejo, como si hiciera una junta para escoger al equipo. Así se aseguran de que el dinero del Fondo se maneje de manera correcta y ordenada.

Texto oficial

Artículo 53. El Fondo se regirá por un Consejo Técnico, para su correcta operación y administración, la Secretaría convocará la integración del Consejo Técnico.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 18) ↗

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