Artículo 83 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Centros de Control Animal deben seguir las reglas oficiales y tener supervisión de un veterinario cuando hagan cirugías de esterilización, sacrifiquen de forma humanitaria o prevengan la rabia en perros y gatos. La esterilización siempre la paga la autoridad encargada y se hace según el programa o campaña que esté vigente. Eso significa que no te cobrarán por esterilizar a tu mascota si el gobierno local tiene una campaña activa. Todo esto aplica en el Estado de México, según el reglamento del 2013 que sigue vigente.
Texto oficial
Artículo 83. Para realizar las actividades de esterilización, sacrificio humanitario, prevención y control de la rabia en perros y gatos, los Centros de Control Animal observarán las especificaciones de la normatividad correspondiente y bajo escrito control veterinario. La esterilización será en todo caso a cargo de la autoridad competente y conforme al programa o campaña respectiva. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 17 de julio de 2013. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DEL LIBRO SEXTO DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 26 CAPÍTULO X DE LOS ANIMALES DE MONTA, CARGA Y TIRO
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