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Ley
Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Artículo
45

Artículo 45 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Rector tiene juntas normales una vez a la semana, pero si llegan muchas solicitudes de dictámenes, pueden juntarse de urgencia (sesión extraordinaria). Para cualquier junta, deben avisarles a los miembros por lo menos con un día de anticipación (24 horas antes).

Texto oficial

Artículo 45. El Consejo Rector sesionará de forma ordinaria una vez por semana y extraordinaria en caso que la demanda de solicitudes para dictamen así lo requiera, previa convocatoria con al menos veinticuatro horas de anticipación.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México (pág. 14) ↗

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