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Artículo 45 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Rector tiene juntas normales una vez a la semana, pero si llegan muchas solicitudes de dictámenes, pueden juntarse de urgencia (sesión extraordinaria). Para cualquier junta, deben avisarles a los miembros por lo menos con un día de anticipación (24 horas antes).

Texto oficial

Artículo 45. El Consejo Rector sesionará de forma ordinaria una vez por semana y extraordinaria en caso que la demanda de solicitudes para dictamen así lo requiera, previa convocatoria con al menos veinticuatro horas de anticipación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.