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Artículo 10 del Reglamento de la Presea de "Honor Estado de México"

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los miembros del Consejo Técnico trabajan sin recibir un sueldo o pago por su labor. Esto quiere decir que su participación es completamente voluntaria y no les pagan por el tiempo o esfuerzo que dedican. Es un cargo de confianza donde ayudan por compromiso, no por dinero.

Texto oficial

Artículo 10.- Las funciones de los miembros del Consejo Técnico serán desempeñadas de manera honorífica.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.