Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl54/6
- Ley
- Reglamento de la Presea de "Honor Estado de México"
- Artículo
- 6
Artículo 6 del Reglamento de la Presea de "Honor Estado de México"
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Consejo Técnico es un grupo de personas que toman decisiones importantes. Este artículo dice que el Consejo Técnico debe juntarse por primera vez en la primera semana de marzo de cada año. Es como una regla que asegura que siempre se reúnan a principios de año.
Texto oficial
Artículo 6.- Para efectos del artículo anterior, el Consejo Técnico se instalará en la primera semana del mes de marzo de cada año.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.