Artículo 8 del Reglamento de la Presea de "Honor Estado de México"
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Técnico es el grupo encargado de entregar la presea “Honor Estado de México”. Sus funciones son: asegurarse de que se cumplan las reglas de este reglamento, hacer y difundir la invitación pública para que la gente proponga candidatos, recibir esas propuestas y elegir a los finalistas. Después, le presenta al Gobernador del Estado su recomendación sobre quién debería ganar la presea. También se encarga de que el acuerdo del Gobernador se publique en el periódico oficial del gobierno. Finalmente, puede hacer todo lo demás que sea necesario para que el reglamento se cumpla.
Texto oficial
Artículo 8.- El Consejo Técnico para el otorgamiento de la presea de “Honor Estado de México”, tendrá las atribuciones siguientes: I. Aplicar las disposiciones de este reglamento. II. Formular y dar publicidad a la convocatoria, señalando las condiciones y criterios para el otorgamiento de la presea conforme a lo establecido en este reglamento. III. Recibir propuestas, registrar candidatos y formular el dictamen correspondiente. IV. Presentar a consideración del Gobernador del Estado los dictámenes que formule. V. Tramitar la publicación en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” del acuerdo del Gobernador del Estado que al efecto se emita. VI. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento del presente reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.